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Estrasburgo dictamina este jueves sobre las 'devoluciones en caliente' y su fallo puede finiquitar esta práctica en la valla

Varios operarios colocan concertinas a lo largo del perímetro fronterizo de Melilla.
F.G. GUERRERO / EFE

Este jueves podría marcar el principio del fin de las 'devoluciones en caliente' en las fronteras de Ceuta y Melilla. Después de seis años, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dará una respuesta definitiva al caso de dos migrantes subsaharianos que fueron devueltos a Marruecos por esta vía, sin ser siquiera identificados y sin que se les garantizase ningún derecho pese a hallarse en suelo español.

[-- ACTUALIZACIÓN---: El TEDH avala las 'devoluciones en caliente' porque no vulneran los derechos humanos]

La sentencia que emitirá el TEDH es, en realidad, la resolución del recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy en enero de 2018 sobre la sentencia emitida en octubre de 2017, que unánimemente encontraba a España culpable de violar el artículo 4 del protocolo 4 del Convenio Europeo de Derechos humanos (que prohíbe la expulsión colectiva de extranjeros) junto al artículo 13 del convenio (que garantiza el derecho a recurso efectivo ante una instancia nacional cuando se haya producido una violación de derechos y libertades). Para ello, España se amparó en el artículo 43, que regula el derecho de remisión ante la Gran Sala del tribunal.

Precisamente, la Gran Sala sólo acepta recursos "si el asunto plantea una cuestión grave relativa a la interpretación o a la aplicación del Convenio o de sus Protocolos o una cuestión grave de carácter general". Además, y según establece el artículo 44, "la sentencia de la Gran Sala será definitiva".

"Estamos ante una batalla de los estados europeos por blindarse contra los movimientos migratorios irregulares", explica a 20minutos Julio Guinea Bonillo, profesor de Derecho Europeo en la Universidad Europea. "Lo que realmente está fallando es que carecemos de una política comunitaria de fronteras exteriores", afirma. "Esperemos que impulse un plan para todos los estados europeos que respete los Derechos Humanos, la Libertad y la Dignidad Humanas, que asuman un alto estándar de cumplimiento de los Derechos Humanos"

"Estamos ante una batalla de los estados europeos para blindarse contra los movimientos migratorios" 

Es más; el PSOE, que en años anteriores se había opuesto firmemente a las 'devoluciones en caliente' (su antecesor, el Partido Popular, incluso trató de regular esta política mediante la disposición final primera de la 'ley mordaza', que establecía la figura legal del "rechazo en la frontera") decidió, con su llegada al poder tras la moción de censura contra Rajoy, mantener esta práctica y el recurso a la espera del pronunciamiento final de la Gran Sala. Según defendió Grande-Marlaska, para afrontar con los argumentos del tribunal un debate sobre la cuestión ya en el marco de la Ley de Extranjería y no en el de la Ley de Seguridad Ciudadana.

Un largo viaje

El caso en cuestión se remonta al finales de 2012, cuando N.T. llegó a Marruecos desde Costa de Marfil y se estableció temporalmente en un campamento de migrantes en el Monte Gurugú, cerca de la localidad de Nador. En marzo de 2013, procedente de Mali, país entonces sumido en un conflicto bélico, llegó al mismo campamento N.D.

Tal y como es el método frecuente entre quienes tratan de cruzar una de las fronteras más fortificadas de la Unión Europea, una vez que un grupo lo bastante grande de migrantes se hubo reunido en el Monte Gurugú N.T. y N.D. trataron de saltar las tres vallas que separan el reino alauí y Melilla. Cuando ambos descendieron al otro lado, ya en territorio español, fueron detenidos y esposados por efectivos de la Guardia Civil y entregados a las autoridades marroquíes. Sin ser identificados, sin ser informados de sus derechos, sin ni siquiera poder comunicarse con los agentes a través de un intérprete.

Posteriormente, la Policía de Nador los subió a un autobús con rumbo a Fez, a unos 300 kilómetros de distancia (la dispersión de migrantes por su propio territorio es una práctica frecuente en Marruecos para evitar los saltos a las vallas de Ceuta y Melilla). Pero eso no los detuvo. N.D. y N.T. lograron finalmente cruzar y quedarse en territorio español en octubre y diciembre de 2014 respectivamente.

"Los migrantes están desesperados. Tienen sed de justicia. Vienen de un continente en vías de desarrollo y quieren llegar a Europa", explica Guinea: "Las vallas no van a frenarles".

En 2015, N.D. fue deportado a Mali. Por su parte, se emitió una orden de deportación contra N.T. en noviembre de 2014, pero su paradero actualmente es desconocido.

Primera sentencia

En febrero de 2015, ambas personas presentaron una demanda ante el TEDH argumentando que habían sido sujetos a una expulsión colectiva sin una gestión individualizada de su situación, sin base legal y sin ser provistos de asesoramiento legal.

N.T. y N.D. se quejaron, también, de que en ningún momento las autoridades españolas habían establecido su identidad y que no se consideró en ningún momento la posibilidad de que fueran objeto de más violaciones de sus derechos en Marruecos.

En el caso ejercieron el derecho de intervención el Comisario Europeo de Derechos Humanos (CEDH), el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), la Comisión Española de Asistencia al Refugiado (CEAR) y, colectivamente, las ONG Centro de Asesoramiento en Derechos Individuales de Europa (AIRE Centre), Amnistía Internacional (AI), Consejo Europeo de Refugiados y Exiliados (ECRE) y Comisión Internacional de Juristas (ICJ).

En su fallo del 3 de octubre de 2017, el TEDH consideró probados los hechos descritos por los denunciantes (corroborados por un buen número de testigos) y encontró a España culpable de violar los ya mencionados artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos y su protocolo cuarto y condenó al Estado a pagar 5.000 euros a cada uno de los afectados.

Guinea recuerda que "la condena fue flagrante. La sentencia decía que no se había cumplido el Convenio Europeo de Derechos Humanos". El experto puntualiza que es esto lo que evalúa el Tribunal, al ser España estado miembro "de manera voluntaria", y no depende del Derecho de la Unión Europea, sino del Consejo de Europa.

Poco después, el 29 de enero de 2018, el Gobierno de España, entonces en manos del Partido Popular, emitió un recurso ante la Gran Sala, que fue admitido.

"No se pueden ejercer tratos inhumanos o degradantes"

"Estas sentencias se emiten con conocimiento de causa. Se habla con mucha gente (ACNUR, el CEDH, muchos otros)", argumenta Guinea.

Este jurista opina que es muy poco probable que el TEDH falle en sentido favorable a España: "No se pueden ejercer tratos inhumanos o degradantes. No puedes coger a una persona y devolverla, no conoces las situaciones personales, de que huyen estas personas, si peligra su vida".

La defensa del Estado español

Los argumentos en defensa de la actuación de la Guardia Civil en este caso se apoyaban tres ejes. Por una parte, se defendió que lo denunciado había ocurrido fuera de la jurisdicción española, ya que los migrantes "no habían llegado a cruzar a territorio español", y por tanto fuera de la jurisdicción del TEDH.

Por otra, se arguyó que los demandantes no podían demostrar que habían participado en el salto a la valla de Melilla en Agosto de 2014 por no aportar documentos oficiales de identidad; también, que habrían perdido el estatus de víctima al lograr entrar en territorio español de manera ilegal y ser deportados más adelante. 

Finalmente, se objetaba que la demanda ante el TEDH se había presentado sin agotar las instancias previas al no haber presentado los demandantes solicitud de protección internacional ante las autoridades españolas.

Las tres vías fueron rechazadas por el TEDH. Respecto a la primera, el tribunal objetó que, sin que fuese necesario delimitar si las vallas fronterizas se encontraban en suelo español o marroquí, podía considerarse que los hechos habían tenido lugar bajo jurisdicción española, ya que desde el momento en que descendieron la valla, ambos migrantes estaban bajo control exclusivo de autoridades españolas (la Guardia Civil).

En cuanto a la segunda, el tribunal constató que los demandantes habían proporcionado una declaración coherente de sus circunstancias, sus países de origen y las dificultades que les llevaron a querer cruzar la frontera hacia territorio español, así como de su participación en el salto (incluyendo un vídeo). De hecho, el Gobierno español ni siquiera negó la realidad de las expulsiones sumarias.

Por último, la tercera fue denegada al referirse a las posteriores expulsiones, que ninguno de los migrantes había recurrido y que no eran el objeto del caso.

Guinea cree que, en esta ocasión, la Gran Sala opondrá argumentos similares. "Hay casos previos que establecen que, desde el momento que patrullas una frontera, es tu jurisdicción Existe multitud de evidencia de que estas personas fueron víctimas e incluso hay fotos que documentan las devoluciones en caliente. Y sobre si la vía interna se agotó, que estas personas han acreditado que se está produciendo un perjuicio contra los seres humanos, que se vulneran los derechos fundamentales".

¿El fin de las 'devoluciones en caliente'?

En principio, es posible que la sentencia de la Gran Sala paralice inmediatamente esta práctica en las fronteras de Ceuta y Melilla. "Podría fallar la misma sanción, o una pauta jurídica que ponga fin a la actuación", explica Guinea.

Con todo, y aunque el tribunal lleva a cabo "un seguimiento", recuerda que pueden pasar meses" hasta que el estado sancionado cumpla la sentencia.

Sin embargo, parece más probable que la sentencia dé al caso una " gran visibilidad política" que sea el detonante de un proceso legislativo en España para acabar con ella.

"Poner el dedo en la llaga de un Gobierno socialista de que no se están cumpliendo los Derechos Humanos hace daño. Eso le puede llevar a tomar decisiones políticas", de la misma naturaleza, afirma, que las que llevaron a la existencia de la valla en las plazas africanas tal y como las conocemos hoy en día.

Si bien la sentencia se refiere a hechos ocurridos en 2014, cuando no existía cobertura legal explícita para las devoluciones en caliente, en la actualidad esta política se haya contemplada en la disposición final primera de la Ley de Seguridad Ciudadana impulsada por el entonces Ministro de Interior Jorge Fernández Díaz y que entró en vigor poco después.

Este texto establece que "los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación terriritorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar ilegalmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España". Esto fue suficiente para que esta parte fuese impugnada en el recurso de inconstitucionalidad presentado por los partidos de la oposición argumentando que violaba los artículos 9.3 ("principio de legalidad y seguridad jurídica") 106 (control de la "potestad reglamentaria" y de la "legalidad administrativa" por parte de los tribunales) y el 24.1 ("tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos y deberes legítimos, sin que en ningún caso pueda producirse indefensión").

En su proyecto de sentencia sobre este recurso, el Constitucional considera este punto inconstitucional; sin embargo, según El Confidencial Digital, el tribunal se encuentra a la espera de la sentencia final del TEDH para confirmar esta decisión.

Paralelamente, el Congreso de los Diputados trabaja en una reforma de la norma desde el mandato del PSOE tras la moción de censura que, tras verse interrumpido por las convocatorias electorales, volvió a ponerse en marcha en diciembre de 2019. Con todo, de nuevo, el Ministro de Interior, Fernando Grande Marlaska, decidió mantener el recurso ante la Corte de Estrasburgo y afirmó que, respecto de las 'devoluciones en caliente', esperaría al pronunciamiento del TEDH.

"Hace falta una política comunitaria de fronteras"

Además, una sentencia desfavorable de la Gran Sala, prevé Guinea, puede llevar al Gobierno a "eliminar los elementos más dañinos de la valla. Los alambres de espino hacen unos daños que están bien documentados".

Con todo, Guinea cree que el fin de las 'devoluciones en caliente' en la totalidad de fronteras exteriores europeas aún está lejos, dado que la sentencia sólo obliga a España. "La mejor manera sería con una política de fronteras comunitaria, con su propio cuerpo de fronteras europeo, que obligue a respetar los Derechos Humanos. Pero es un juego de los que aceptan a la Unión Europea y de los que no; y últimamente vemos que muchos estados no quieren poner dinero en Europa."

"Son las fronteras de toda Europa. El que entra en Ceuta está entrando en París. Y es fundamental garantizar que se respetan los derechos humanos".

Redactor de Salud '20minutos'

Graduado en Periodismo y Comunicación Audiovisual, trabajo como redactor de Salud dentro del equipo de Desarrollo de Audiencias para 20minutos. Comencé mi andadura en el periodismo haciendo prácticas y una beca en la sección de Última Hora de este medio, y tras graduarme en 2020 pasé por la sección de Cierre de la Edición en Papel. Además, tengo experiencia profesional como diseñador gráfico y web y como editor de vídeo. Mi gran pasión es la música, pero también me interesan áreas tan diversas como la literatura y las artes, las ciencias o la política, y soy un gran amante de los animales.

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