¿Puedes recuperar el dinero del billete si la aerolínea te cancela el vuelo por el coronavirus?

Aviones Boeing del modelo 737 Max 8, aparcados en instalaciones de la compañía en Seattle, Washington (EE UU).
Aviones aparcados en Seattle (EE UU).
GARY HE / EFE
Aviones Boeing del modelo 737 Max 8, aparcados en instalaciones de la compañía en Seattle, Washington (EE UU).

El Consejo de Ministros, en su reunión de 10 de marzo de 2020, a propuesta de los Ministros de Sanidad y de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ha adoptado un Acuerdo por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la prohibición de los vuelos directos entre Italia y los aeropuertos españoles.

Cancelaciones y devoluciones

Se trata de casos en los que es la misma compañía, y no el pasajero, la que decide cancelar el vuelo. Para estos casos la ley prevé el pago de reembolsos y compensaciones en favor de los afectados.

Según el reglamento europeo 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros en casos de denegación de embarque, cancelación o gran retraso en los vuelos, ante cancelaciones por el coronavirus por parte de las compañías el afectado tiene derecho, el primer lugar, a que la compañía le dé como opción o bien el reembolso de lo que pagó por el vuelo o el cambio para otra fecha, a elección del cliente. 

14 días de antelación

El aviso de cancelación lo tiene que dar la propia compañía con una antelación de 14 días, apunta Ana Rodríguez, asesora legal de Reclamador.es, entrevistada por 20minutos.

"Si avisan con menos de 14 días, por mucho que sea una circunstancia extraordinaria, aparte de ofrecer un reembolso o la alternativa para volar otro día, tienen que hacerse responsables de los gastos que haya tenido que asumir el pasajero hasta poder llegar a su destino final", agrega Rodríguez.

Sería el caso de un pasajero que hubiera viajado a Italia y ahí le notificaran que no puede volver a su ciudad de origen porque la compañía ha cancelado la ruta. "Si has tenido que pasar una noche de más en ese destino o tiene que esperar dos o tres días hasta que salga tu vuelo para volver, la aerolínea se tiene que hacer responsable de pagar esas noches de alojamiento", señala Rodríguez.

También, si ese pasajero vuelve por sus propios medios en un vuelo de otra compañía o en tren, también puede reclamar esos gastos, porque "la aerolínea se tiene que responsabilizar de llevar al pasajero hasta su destino final a pesar de que hayan circunstancias extraordinarias por las que no se haya podido realizar la operativa de este vuelo". 

Sin indemnizaciones

En cancelaciones por el coronavirus el pasajero no tiene derecho a la indemnización que prevé el reglamento (que puede ir de 250 a 600 euros) porque el brote está considerado una circunstancia extraordinaria que no puede achacarse a la aerolínea.

"El brote del coronavirus es una causa totalmente ajena a las compañías aéreas, por tanto es una causa extraordinaria y no tienen derecho a la compensación que establece el reglamento europeo", señala Rodríguez.

Y es que el reglamento exime a la aerolínea de pagar indemnizaciones en casos de cancelaciones por causa extraordinaria. Otros ejemplos que pone la norma son "inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo". 

Atentos al comunicado

Pero hay que estar atento al documento (generalmente un correo electrónico) que la compañía envíe al pasajero. Porque hay varias aerolíneas que están cancelando rutas por baja demanda, dado que el miedo al coronavirus ha hecho que la gente viaje menos.

"Si la aerolínea manda un correo electrónico al pasajero y lo único que dice es que se cancela su vuelo por baja demanda, siempre que esté dentro del periodo fijado por ley [que se cancele con menos de 14 días de antelación], el pasajero podría reclamar indemnización del reglamento europeo", puntualiza Rodríguez. "Pero si en la comunicación pone que se cancela por baja demanda a consecuencia del coronavirus, el pasajero tendrá derecho a reembolso del billete o reubicación en otro vuelo, pero no a la compensación del reglamento".

Todas estas reclamaciones se hacen ante la propia aerolínea, presentando las facturas y recibos que prueben los gastos hechos. El trámite se hace personalmente, aunque hay organizaciones y compañías como Reclamador.es que se dedican a la asesoría en estos casos.

Juan Martínez
Redactor '20minutos'

Nací en México, donde estudié Derecho y me inicié en periodismo. Madrileño desde hace 25 años, he sido ayudante de fiscal, abogado, dibujante, fotógrafo, y redactor de El Norte, El País, ABC y Málaga Hoy. Ahora, en Última Hora de 20minutos.

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