Junta obliga a Monbus a garantizar el desplazamiento del personal sanitario hasta el hospital de Albacete
De esta manera, la Consejería de Fomento, según ha informado en nota de prensa, ha dado orden a Monbus para que preste este servicio esencial de acuerdo con lo establecido en la Orden 37/2020, de 16 de marzo, de la Consejería de Fomento, por la que se adoptan medidas extraordinarias en el transporte público regular de viajeros por carretera como consecuencia del coronavirus Covid-19.
Asimismo, ha recordado a esta empresa que de acuerdo con el artículo 20 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, relativo al régimen sancionador, se establece que el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el artículo diez de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio.
"Se trata de desplazamientos imprescindibles para nuestro personal de primera línea de asistencia y atención, y que sin duda debemos de asegurar en el contexto del estado de alarma que se ha decretado en todo el territorio nacional", ha remarcado el consejero de Fomento, Nacho Hernando.