Toledo

Pueblos de CLM deberán dar atención telemática a consumidores y no podrán restringir horarios de comercios

Según esta instrucción, recogida por Europa Press, en aquellos municipios en los que no exista un recurso de atención a las personas consumidoras, deberá difundirse la puesta a su disposición de un correo electrónico en cada una de las delegaciones provinciales de la Consejería.

En cuanto al suministro de productos básicos en establecimiento comerciales, recuerda que los horarios los marca la Junta, por lo que no se podrá restringir ni impedir el cumplimiento normalizado de dichos horarios según se determine para cada punto de venta, y siempre con el fin de facilitar el acceso y abastecimiento a dichos productos de primera necesidad.

En aquellos municipios o pedanías donde no existan puntos de venta de productos de alimentación y de bienes de primera necesidad, se recuerda la instrucción en materia de venta ambulante de productos de primera necesidad.

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