El pasado 14 de marzo el Gobierno decretó el estado de alarma a nivel nacional mediante el Real Decreto 463/2020 por el que se establecían una serie de medidas y restricciones. Unos días después, el 17 de marzo, se formulaba una nueva orden para incluir diferentes novedades, como aquellas relacionadas con la circulación y desplazamientos.
En este sentido, el Real Decreto 465/2020 publicado en el BOE establece que "durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada".
Estas actividades están relacionadas con la compra de productos de primera necesidad en supermercados y farmacias, la visita a centros sanitarios, acudir al trabajo y regresar a tu residencia habitual o para el cuidado de personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
Una de las situaciones permitidas dentro del Real Decreto
Partiendo de esta norma, el desplazamiento en coche para llevar alimentos o medicinas (considerados productos de primera necesidad) a personas de avanzada edad si estaría permitido. Así lo corroboran fuentes de la Policía Nacional a 20minutos tras la consulta.
Es uno de los casos que esta dentro de las excepciones del Real Decreto, actualizado el 17 de marzo. Desde la Guardia Civil señalan a 20minutos que este tipo de situaciones si estarían amparadas, a priori, pero será el agente de seguridad quien tenga que valorar la situación, en el caso de que te paren.
Los ciudadanos y ciudadanas, por tanto, deben remitirse a las situaciones amparadas y descritas por el decreto y, en estas situaciones, siempre estará presente "el criterio de las autoridades que valorarán la circunstancia" en cada momento.
"Tiene que imperar el sentido común", añaden. Por eso, desde la Guardia Civil recomiendan aportar justificantes, aunque no sean obligatorios, que acrediten los desplazamientos para que las autoridades puedan emitir su juicio. En este caso, una factura de compra.
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