Actividades esenciales: ¿puedo seguir con una mudanza contratada antes del estado de alarma?

En caso de cambio de domicilio, la Dirección General de Tráfico debe estar informada de cualquier traslado del titular del vehículo, que tiene 15 días para notificarlo. En caso contrario, la multa puede ascender a los 80 euros.
Mudanzas. 
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En caso de cambio de domicilio, la Dirección General de Tráfico debe estar informada de cualquier traslado del titular del vehículo, que tiene 15 días para notificarlo. En caso contrario, la multa puede ascender a los 80 euros.

Ya con la declaración del estado de alarma en España se llevaron a cabo un serie de medidas para tratar de frenar los casos de contagio por el coronavirus en el país. Una de ellas fue el confinamiento total de los ciudadanos en sus hogares, salvo excepciones como, por ejemplo, ir a trabajar.

Sin embargo, este domingo 29 de marzo se ha aprobado otro Real Decreto por el que se regula un permiso retribuido recuperable con el fin de que los trabajadores por cuenta ajena que siguieran yendo a trabajar de forma presencial dejen de hacerlo. 

Esto pretende reducir aún más la movilidad de los ciudadanos, ya que el gobierno ha considerado que la actividad laboral supone el mayor número de desplazamientos de personas. Aun así, se han establecido una serie de trabajos que se consideran "esenciales", por lo que algunos trabajadores podrán seguir realizando sus funciones. 

¿Qué sucede en el caso de las mudanzas? 

En el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, en cuyo anexo se establecen aquellas excepciones relacionadas con las actividades laborales "esenciales", figuran algunas como las que tienen que ver con el suministro de bienes de primera necesidad, la seguridad ciudadana o la asistencia sanitaria. 

En el mismo anexo se contempla que podrán seguir desempeñando sus funciones las empresas que "realizan los servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, que se continúen desarrollando desde la declaración del estado de alarma". 

En este apartado podrían considerarse las empresas de mudanza que transportan los enseres personales de los clientes, sobre todo, en estas fechas de finales de mes donde suelen vencer numerosos contratos de arrendamiento que obligan a muchos ciudadanos a cambiar de domicilio.

Sin embargo, algunos usuarios han remitido quejas a través de las redes sociales porque en algunas comunidades autónomas sí que se estaba multando por realizar mudanzas, por lo que se recomienda llevar algún tipo de documentación que acredite, por ejemplo, que se finaliza el contrato de alquiler. 

Desde la web de la Federación Española de Mudanzas (FEDEM), lanzan un comunicado donde recomiendan que los servicios de mudanzas que se realicen sean solamente los de "urgente necesidad y extremando as medidas de higiene recomendadas", ya que se hace referencia a la falta de limitaciones dentro del transporte de mercancías.

Comunicado de la Federación Española de Mudanzas.
Comunicado de la Federación Española de Mudanzas.
Web de FEDEM.

Además, aseguran que se han puesto en contacto con el Ministerio de Transportes para conocer la situación del sector de las mudanzas debido a "la ambigüedad del texto del Decreto respecto a este sector. 

20minutos

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