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¿Hasta cuándo se amplían las restricciones para viajar a otros países de la Unión Europea?

Viajes.
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Como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus y las medidas de prevención que se están llevando a cabo para tratar de evitar los contagios, el Gobierno ha prorrogado la restricción temporal de viajes no imprescindibles en la Orden INT/356/2020, de este martes 20 de abril.

De este modo, todos los viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen estarán restringidos hasta el próximo 15 de mayo por motivos de orden público o salud pública. 

Así, solo podrán viajar personas nacionales de un tercer país que sean residentes en la Unión Europea, así como su cónyuge o pareja y los ascendientes y descendientes a su cargo. También los residentes en Estados asociados Schengen o Andorra que se dirijan a su lugar de residencia directamente. 

Podrán hacerlo también los titulares de un visado de larga duración, así como los trabajadores transfronterizos y los profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que viajen para ejercer su actividad laboral.

También podrán hacerlo el personal dedicado al transporte de mercancías y el personal de vuelo necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial. 

El personal diplomático, de organizaciones internacionales, militares y

miembros de organizaciones humanitarias, además de las personas que viajen por motivos familiares imperativos o por motivos de fuerza mayor 

Por último, en la orden se puede leer también que los puertos de entrada y salida de Ceuta y Melilla continuarán cerrados de forma temporal. 

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