¿De qué forma se puede volar durante el estado de alarma por coronavirus?

Imagen de archivo de un avión sobrevolando el aeropuero Adolfo Suarez-Madrid Barajas,.
Imagen de archivo de un avión sobrevolando el aeropuero Adolfo Suarez-Madrid Barajas,.
Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
Imagen de archivo de un avión sobrevolando el aeropuero Adolfo Suarez-Madrid Barajas,.

Un vuelo entre Madrid y Las Palmas (Gran Canaria) que tuvo lugar este domingo ha provocado gran revuelo debido a las imágenes que compartieron los propios pasajeros. Aunque los viajeros llevaban mascarillas, no había apenas distancia entre ellos, lo que parece indicar que la ocupación del vuelo podría ser superior al 50% establecido por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en su artículo 14.2.

Aparte de esta imagen, también ha sorprendido ver un vuelo comercial en activo debido a las restricciones en este terreno. Antes de decretarse el estado de alarma, el 10 de marzo se restringieron los vuelos directos con Italia. Tras el decreto del estado de alarma no todos los vuelos de pasajeros quedaron paralizados. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana publicó el 17 de marzo dos órdenes ministeriales que establecían algunas excepciones en Canarias y Baleares para vuelos que se produjesen entre las islas y entre las islas y algunas ciudades peninsulares.

En ambas órdenes ministeriales se especificaba que las excepciones contempladas para Canarias y Baleares "no serán de aplicación a las aeronaves de Estado, vuelos exclusivamente de carga, vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia", que son los vuelos que, por su importancia, no están sujetos a estas restricciones.

Con la entrada en fase 1 de Canarias y Baleares, cabe señalar también que, según el BOE publicado este domingo 10 de mayo, a partir de este lunes 11 de mayo se han levantado las restricciones de vuelos entre islas.

Excepciones de vuelos privados desde el 17 de marzo

En el artículo 1 de ambas órdenes ministeriales, se establece que desde el 19 de marzo se prohíbe "cualquier vuelo comercial o privado, con origen en cualquier aeropuerto situado en el territorio nacional y destino" en Canarias o Baleares.

Por su parte, en el artículo 2 se señalan las excepciones a esta prohibición. Se permite la movilidad aérea de los pasajeros entre las islas de cada archipiélago y entre las islas y la península si pueden justificar la "necesidad inaplazable de realización del viaje para alguna de las actividades autorizadas en el artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo".

Entre estas excepciones se encuentran adquirir productos de primera necesidad, asistir al trabajo, volver al lugar de residencia habitual o acudir a un centro sanitario.

Limitación de vuelos diarios

En el caso de Canarias, se establecieron uno o dos vuelos diarios entre los aeropuertos de las islas (Gran Canaria, Tenerife Norte, Tenerife Sur, Fuerteventura, La Palma y Lanzarote) y de algunas ciudades peninsulares (Madrid, Barcelona, Bilbao y Sevilla), y de 1 a 4 vuelos diarios entre las propias islas. 

En el caso de Baleares, se especificaba que "las compañías aéreas que tengan programados vuelos durante la duración del estado de alarma con origen Madrid, Barcelona o Valencia y con destino Palma de Mallorca quedan autorizadas a realizar un máximo de un vuelo diario de ida desde cada uno de los orígenes mencionados". Lo mismo con los vuelos con origen Palma de Mallorca, Madrid o Barcelona y destino Ibiza o Menorca.

Ambas órdenes ministeriales instaban a las compañías a notificar al día siguiente de la publicación su intención de cubrir estas rutas. En otra orden del 19 de marzo, se habilitaba al Director General de Aviación Civil para establecer las condiciones para la prestación de los servicios de transporte aéreo regular en las rutas de Palma de Mallorca-Mahón y Palma de Mallorca-Ibiza, las únicas que para entonces no habían recibido confirmación por parte de las compañías.

Desde el 11 de mayo se flexibilizan los vuelos entre las islas

Una orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana publicada este domingo 10 de mayo establece medidas para flexibilizar la movilidad de las personas entre las islas de los archipiélagos de Canarias y Baleares, en transporte aéreo y marítimo, aunque se mantienen las medidas de restricción entre las islas y la península.

En el transporte áreo, se fijan condiciones que permitan a los operadores ampliar progresivamente su oferta de vuelos para dar respuesta a las necesidades de movilidad entre las islas, todo ello, adoptando las necesarias medidas de seguridad.

En ambos archipiélagos se establece una frecuencia de dos vuelos diarios entre los destinos como servicio mínimo (excepto en la conexión entre Tenerife Norte y El Hierro que se fija uno), además de establecer unas tarifas de referencia "desde la entrada en vigor de esta orden y mientras se mantenga el estado de alarma".

Redactor '20minutos'

Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid (2013-2017). Máster en Estudios Avanzados en Comunicación Política por la UCM (2018-2020) y Máster online de Cultura Científica por la Universidad Pública de Navarra y la Universidad del País Vasco (2019-2021). En diciembre de 2019 entré en 20minutos y pude cubrir el inicio de la pandemia en la sección de Última Hora. A partir de abril de 2022 pase al equipo de Cierre del periódico desde donde redacto y edito todo tipo de temas.

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