Si estoy cobrando el paro, ¿puedo cobrar la renta mínima vital?
Este lunes se ha publicado el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital. En él se regula esta prestación económica a la que tendrán derecho aquellas familias y hogares que cumplan los requisitos establecidos.
Esta ayuda, que pretende llegar a unos 850.000 hogares, trata de paliar las situaciones de riesgo de pobreza en España. Las cantidades a cobrar dependerán de la situación familiar y se empezarán a conceder a partir del 15 de junio.
El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha contestado en directo a las preguntas de los lectores de 20Minutos sobre el ingreso mínimo vital, a través de un encuentro digital. Así, una de las cuestiones formuladas hacía referencia a la posibilidad de cobrar el ingreso mínimo vital en caso de estar cobrando ya la ayuda por desempleo.
Ante esta pregunta, Escrivá ha contestado que sí que es posible cobrarlo, siempre y cuando la ayuda por desempleo sea el único ingreso.
Así, dependiendo del tamaño de la unidad familiar con la que se conviva, de los ingresos y del patrimonio que se tenga, así como los del resto de las personas de la unidad familiar, se podrá cobrar o no la prestación, teniendo en cuenta que no se pueden superar los umbrales establecidos.