Claves sobre la entrada en vigor de las nuevas restricciones en Madrid: ¿Cuándo entran en vigor? ¿Cuándo se sanciona?

  • La Comunidad ha publicado este viernes en el BOCM las restricciones que obligan a cerrar la capital y nueve ciudades.
  • La orden debe ser ratificada por el TSJM en los próximos días, pero surtirá efectos para la población desde las 22:00 horas de este viernes.
Agentes de la Policía Municipal de Madrid realizan controles de movilidad en el distrito de Puente de Vallecas
Agentes de la Policía Municipal de Madrid realizan controles de movilidad en el distrito de Puente de Vallecas
Eduardo Parra - Europa Press
Agentes de la Policía Municipal de Madrid realizan controles de movilidad en el distrito de Puente de Vallecas

El acuerdo que se adoptó el pasado miércoles en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Público de Salud para confinar grandes ciudades con una incidencia superior a los 500 contagios por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días ha provocado un tremendo embrollo jurídico que se ha despejado este viernes a primera hora de la tarde con la rueda de prensa de los consejeros de Justicia, Enrique López, y Sanidad, Enrique Ruiz Escudero. 

Después de que la presidenta de la Comunidad de Madrid, que en este momento es la única región con municipios en la delicada situación sanitaria antecitada, anunciara este jueves que acataría las órdenes pero que las recurriría ante la Audiencia Nacional, la principal preocupación pasaba por saber cuándo entrarán en vigor las medidas. 

López y Ruiz Escudero han realizado el anuncio esperado por millones de personas al filo de las 15:00 de este viernes: las medidas surtirán efecto desde las 22:00 horas de este viernes, según lo exigido por el Ministerio de Sanidad, y durante 14 días, según lo establecido por la Comunidad. 

A continuación desgranamos los principales aspectos que atañen a la cuestión.

¿Cuándo debe Madrid publicar las normas?

Madrid debía publicar la orden antes de las 22:48 horas de este viernes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). En ese momento es cuando expiraba el plazo de 48 horas que dio el Ministerio de Sanidad a las comunidades para que transpusieran a sus normativas autonómicas la resolución ministerial en la que se plasmó el acuerdo de la Interterritorial del miércoles.

El plazo acababa este viernes por la noche porque, a pesar de que el texto salió este jueves publicado en el Boletín Oficial del Estado, fue el miércoles por la noche cuando el ministerio se lo remitió a las comunidades autónomas.

En la primera edición del BOCM de este viernes, que ha salido a primera hora de la mañana, no aparecía la resolución de Sanidad, pero a primera hora de la tarde se ha publicado un nuevo número del boletín con la orden del ministerio y otra que mantiene en paralelo el sistema de confinamiento por zonas básicas de salud en ciudades de menos de 100.000 habitantes o que no cumplan todos los criterios exigidos por Sanidad.

¿Cuándo entran en vigor las normas?

Según ha detallado el consejero de Justicia, Enrique López, la orden exigida por el ministerio entrará en vigor a las 22:00 horas de este viernes porque así viene exigido en la resolución. Sin embargo, López ha precisado a la vez que el texto deberá remitirse al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para su estudio y ratificación, si procede

Este trámite ha de seguirse obligatoriamente al limitar las medidas derechos fundamentales de los ciudadanos. Así viene establecido en el artículo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que recoge lo siguiente:

"Conocerán de la autorización o ratificación judicial de las medidas adoptadas con arreglo a la legislación sanitaria que las autoridades sanitarias de ámbito distinto al estatal consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen la limitación o restricción de derechos fundamentales cuando sus destinatarios no estén identificados individualmente".

En el estudio de órdenes anteriores, el TSJM se está tomando entre tres y cuatro días para resolver y siempre lo ha hecho en sentido afirmativo. 

¿Desde cuándo se sanciona?

Solo cuando se produzca la ratificación de las normas por el TSJM estas tendrán plena validez jurídica y se podrán sancionar los incumplimientos.

Sin embargo, esto no quiere decir, en ningún caso, que hasta ese momento la población esté exenta de cumplir los mandatos. De hecho, las restricciones surtirán efectos antes de su ratificación en los tribunales por razones de salud pública, como ya sucedió con las restricciones de movilidad y actividad por barrios que anunció Madrid hace 15 días.

Hay que tener muy presente que estas medidas se adoptan en una delicada situación sanitaria y, precisamente, su cometido es frenar la transmisión del coronavirus en Madrid y los contagios. Además, las autoridades sanitarias vienen recomendando desde hace semanas reducir al máximo la movilidad en Madrid y solo realizar los desplazamientos imprescindibles, por lo que la población debería seguir atendiendo a las indicaciones que emanan de los expertos en salud pública.

Cuando reciban el visto bueno judicial, la administración podrá castigar los incumplimientos de la normativa con multas. Unas sanciones que, recordemos, oscilan entre los 600 y los 600.000 euros.

Con las restricciones por barrios, antes del visto bueno judicial, Madrid habilitó puestos de control con las policías locales en las zonas con limitaciones para informar a los ciudadanos de las medidas publicadas así como de la necesidad de cumplirlas y ahora también se hará.

¿Cómo influye en este escenario el recurso que ha interpuesto Madrid?

La Comunidad ha recurrido este viernes la resolución del Ministerio de Sanidad ante la Audiencia Nacional, solo unas horas antes de publicarla en el BOCM. Según informó el Gobierno regional, este recurso irá acompañado de medidas cautelares, que el órgano judicial tendrá que estudiar y aprobar o desestimar.

El proceso contencioso-administrativo que se abra en la Audiencia Nacional es paralelo a la publicación de las normas y a su ratificación por el TSJM y habrá que esperar a ver el sentido de la decisión de los magistrados (si atiende las cautelares de la Comunidad o si las rechaza) para ver cómo influye en este ya de por sí complicada coyuntura. 

¿Dónde se dan las condiciones que pide Sanidad para confinar?

Son 10 localidades madrileñas: la capital, Fuenlabrada, Parla, Alcobendas, Torrejón de Ardoz, Getafe, Alcorcón, Leganés, Móstoles y Alcalá de Henares.

Desde el lunes 5 de octubre también sufrirán restricciones los vecinos de las zonas básicas sanitarias de Reyes Católicos, en San Sebastián de los Reyes; Humanes y Villa del Prado.  

Puede consultar todas las restricciones que entrarán en vigor a las 22:00 horas de este viernes haciendo clic aquí.

Mónica Tragacete
Redactora '20minutos'

Estudié Periodismo en la Universidad Complutense de Madrid y conocí el oficio y el valor de la información local en 'Heraldo de Aragón'. Sigo aprendiendo cada día, ahora mientras escribo sobre la actualidad de la Comunidad de Madrid.

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