El Tribunal Supremo no admite la querella contra Hermann Tertsch por parte de IU y Podemos

  • La Sala considera que "no existe la conminación de un mal, sino más bien una opinión".
Hermann Tertsch, en el plató del programa 'Diario de la Noche'.
Hermann Tertsch, en el plató del programa 'Diario de la Noche'.
Telemadrid
Hermann Tertsch, en el plató del programa 'Diario de la Noche'.

La Sala II del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella presentada por IU y Podemos contra el eurodiputado de Vox Hermann Tertsch por presuntos delitos de provocación a la rebelión, amenazas al Gobierno y de odio por razón de ideología, en relación al contenido de dos tuits que publicó en enero de 2020, por no ser los hechos constitutivos de ilícito penal alguno.

Según explica el Supremo en un auto, los querellantes veían en los tuits del eurodiputado el apoyo a un clima de confrontación contra el legítimo Gobierno democráticamente elegido, y consideraron que llamaba a la intervención del Ejército al invocar el artículo 8 de la Constitución

Sin "relevancia penal alguna"

En el auto, del que ha sido ponente la magistrada Susana Polo, la Sala indica que “la pretensión deducida no puede ser admitida, toda vez que los hechos relatados imputados a la persona aforada no presentan relevancia penal alguna, el mero recordatorio de un precepto constitucional no puede tener ese carácter, y la propia querella admite la existencia de meros indicios y no se acredita la relación del texto con los supuestos efectos de la provocación, en este caso un artículo de opinión en un medio de comunicación de alcance limitado”.

Y añaden que “tampoco puede sostenerse que el texto publicado constituya un intento de amenazar al Gobierno, pues no existe la conminación de un mal, sino más bien una opinión o un deseo sobre cuál debería ser la actuación de las Fuerzas Armadas en una determinada situación de hecho en la pudiera verse afectada la integridad del territorio nacional”.

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