La sentencia del Supremo sobre las hipotecas con IRPH: ¿Los bancos deberán devolver el dinero? ¿Por qué los consumidores están decepcionados?

El Supremo ve opacas pero no abusivas las hipotecas con IRPH.
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Las hipotecas referenciadas al IRPH no fueron "transparentes" pero tampoco abusivas. Así lo ha dictaminado el Tribunal Supremo en la sesión plenaria de este miércoles, en la que ha examinado cuatro casos que fueron admitidos a trámite (había más de 150) con los que pretende sentar jurisprudencia, como pidió Europa.

¿Por qué la causa llega al Supremo?

Las hipotecas referenciadas con IRPH comenzaron a venderse a mediados de los 2000. Entonces, muchas familias optaron por ellas al ser más "estables" que el euríbor. Sin embargo, cuando éste cayó, los afectados se dieron cuenta de que estaban pagando hasta 400 euros más en algunos casos. Por eso, recurrieron a la justicia ordinaria y, tras su disparidad de criterios, al Supremo. El Alto Tribunal le devolvió la pelota a Europa en 2017. El Tribunal de Justicia Europeo, sin embargo, dio libertad a cada juzgado e instó al Supremo a sentar jurisprudencia lo que, según los consumidores, no ha hecho, pues deja libertad a cada juez para que decida. Eso sí, dejando claro que en ningún caso fueron "abusivas".

¿Deberán devoler el dinero los bancos?

Al no ser consideradas abusivas, en un principio no. Eso sí, cada caso será diferente. No obstante, el espaldarazo del Supremo casi imposibilita la nulidad de las mismas y, por tanto, la posible devolución del dinero a los afectados. Adicae calculaba que, en el peor de los escenarios, la banca debería haber devuelto más de 33.000 millones de euros.

¿Por qué están decepcionados los consumidores?

Fuentes de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufín) aseguran a 20Minutos que el Supremo "se ha lavado las manos" con su fallo, que aún está redactándose. "Ha sido una decisión salomónica y ahora tendremos que volver a esperar a Europa, que tiene pendiente dos fallos de tribunales de Cataluña", comentan.

Desde Adicae señalan que el Alto Tribunal "se hace trampa a sí mismo y retuerce sus interpretaciones para contradecir al TJUE y a la doctrina más especializada sobre el control de Transparencia para darle la razón a la banca entrando en una espiral de resoluciones a su favor". En este sentido, añaden que el Supremo contradice la ley de Condiciones Generales de Contratación, "que establece que las condiciones incorporadas de modo no transparente en los contratos en perjuicio de los consumidores serán nulas de pleno derecho".

¿Ha sido unánime el fallo?

No, la sentencia, que se publicará en próximos días, ha contado con un voto particular, el del magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas.

¿Que dictó Europa hace siete meses?

Europa dejó en manos de los jueces de cada país considerar si el IRPH era un índice abusivo o no, lo que descarta el Supremo. Si fijó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que cuando el juez considere que es una cláusula abusiva, se podrá sustituir por otro índice legal para no anular el préstamo.

¿Qué es el IRPH?

El IRPH son las siglas del Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios, un indicador reconocido oficialmente por el Banco de España cuyo cálculo se realiza teniendo en cuenta la media de los intereses de los préstamos hipotecarios variables que aplican las entidades bancarias.

¿Cuántas hipotecas hay en España con IRPH?

No hay cálculos oficiales, pero se estima que están referenciadas con IRPH hasta el 10% de las hipotecas españolas. Según los últimos datos hechos públicos por las entidades, el sector contaría con 16.700 millones de euros en crédito vivo referenciado al índice. Se estima que, en el peor de los escenarios, las entidades deberían desembolsar el doble de esa cantidad, unos 33.400 millones de euros.

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