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El Tribunal Constitucional avala las devoluciones en caliente en Ceuta y Melilla y la llamada 'ley mordaza'

Cuatro agentes de la Guardia Civil trasladan a la fuerza a un migrante para su devolución en caliente a Marruecos tras haber intentado saltar la valla de Ceuta.
José Antonio Sempere / CEAR

Las ‘devoluciones en caliente’ de inmigrantes que saltan las vallas de Ceuta y Melilla son constitucionales. También la Ley de Seguridad Ciudadana aprobada por el Partido Popular en 2015, la llamada ‘ley mordaza’, en la que están incluidas. Así lo ha acordado este miércoles el Tribunal Constitucional tras un pleno que comenzó el martes y que ha finalizado con una votación de nueve magistrados a favor y dos en contra, aunque solo uno redactará un fallo particular. Una mayoría de jueces tumban así gran parte de los recursos interpuestos por las formaciones que estaban en la oposición en 2015, año en el que fue aprobado el texto gracias a la mayoría absoluta del PP. Entre esas partidos se encuentra el PSOE, que ahora enfrenta el dilema de si seguir aplicándolas o paralizarlas y desoir al Constitucional, como pide Podemos, su socio de Gobierno.

No obstante, no parece que tenga dudas. Al menos así lo quiso trasladar ayer la ministra de Exteriores, Arancha González Laya. "El Gobierno de España seguirá haciendo las devoluciones de acuerdo a ley", ha dicho al ser preguntada por esta cuestión. Desde la formación de Pablo Iglesias, sin embargo, han pedido elaborar "con urgencia un procedimiento de rechazo que permita analizar cada caso". "El procedimiento de abrir la puerta de la valla y devolver a la gente a Marruecos no está avalado por el tribunal y el Gobierno debe tomar buena nota de ello", continúan las mismas fuentes, quienes han insistido en que el Constitucional condiciona las devoluciones a que se realicen "de acuerdo a los tratados internacionales".

También el Tribunal pide que se que se preste "especial atención" a los extranjeros vulnerables, como son los menores de edad, los de edad avanzada o las mujeres embarazadas. Eso sí, en rasgos generales, los magistrados admiten que el régimen especial para Ceuta y Melilla de rechazo en frontera de los extranjeros que intenten entrar ilegalmente "es conforme a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, consistente en que el rechazo en frontera es una actuación material de carácter coactivo, que tiene por finalidad restablecer inmediatamente la legalidad transgredida por el intento por parte de las personas extranjeras de cruzar irregularmente esa concreta frontera terrestre".

De esta forma, el Constitucional cierra un asunto que había creado polémica. Meses antes, Fernando Valdés, magistrado que terminó dimitiendo por un supuesto delito de malos tratos contra su pareja, presentó una ponencia diferente a la que ha salido adelante ahora, obra de Juan José González Rivas. El juez le da continuidad al pronunciamiento que acometió el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH) el pasado mes de febrero en el que avaló las devoluciones en caliente.

Por su parte, CEAR señala que son "prácticas arbitrarias" que van contra el artículo 106 de la Constitución Española, pues "priva a los migrantes a su derecho a una tutela judicial efectiva". "Va contra el Estado de Derecho", insiste Estrella Galán, su directora.

Respecto al resto de la ‘ley mordaza’, los tribunales la avalan casi al completo. Si bien es cierto que precisan de cómo se han interpretar varios puntos del articulado, solo tumban el inciso "no autorizado" del artículo 36.23 de la ley, que señala como infracción grave el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de las autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

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