El Tribunal Constitucional inadmite el recurso de Hasél contra su condena por enaltecimiento del terrorismo

  • El Constitucional ha rechazado admitir el recurso de amparo presentado por su defensa contra la última sentencia.
El rapero Pablo Rivadulla, conocido como Pablo Hasel.
El rapero Pablo Rivadulla, conocido como Pablo Hasel.
EFE
El rapero Pablo Rivadulla, conocido como Pablo Hasel.

El Tribunal Constitucional ha rechazado admitir a trámite el recurso del rapero leridano Pablo Rivadulla Duró, conocido artísticamente como Pablo Hasél, contra la segunda condena que le impuso la Audiencia Nacional por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la monarquía y a las fuerzas de seguridad.

Según la providencia del tribunal, fechada el pasado 23 de noviembre y a la que ha tenido acceso Efe, el Constitucional estima que el rapero "ha incurrido en el defecto insubsanable" de no haber justificado adecuadamente la "especial trascendencia constitucional" de su recurso exigida de acuerdo a la "reiterada jurisprudencia constitucional" del Tribunal Constitucional. Razón por la que ha acordado su inadmisión a trámite, notificada recientemente a su defensa, según ha informado en Twitter la plataforma Llibertat Pablo Hasél.

Sobre él ya pesa una primera condena a dos años de prisión por otro delito de enaltecimiento, cuya ejecución suspendió el año pasado la Audiencia Nacional, que ahora deberá decidir sobre esta segunda pena.

El Tribunal Supremo confirmó los nueve meses de prisión al considerar que los comentarios que difundió en Twitter no están amparados por la libertad de expresión, sino que son un "medio idóneo para suscitar reacciones violentas, minar la confianza en las instituciones democráticas, avivar el sentimiento de desprecio y odio" contra ellas y "menoscabar la dignidad de las personas".

La sentencia, de la que discreparon dos magistrados, también confirmaba una multa de 24.300 euros para él que, en caso de impago, implicaría una responsabilidad subsidiaria de pena de prisión, precisan a Efe fuentes jurídicas.

El Supremo vio en sus tuits "concretos actos de apoyo explícito" a usar la violencia contra el rey y las fuerzas de seguridad. "No es libertad de expresión. Es odio y ataques al honor", añadió el Supremo.

La primera condena de Hasél a dos años de prisión, ahora en suspenso, le fue impuesta en 2014 por enaltecer en sus canciones el terrorismo de ETA, los Grapo, Terra Lliure o Al Qaeda.

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