En la sentencia, los magistrados absuelven a los acusados de los delitos de "pertenencia a organización criminal para la comisión de delitos de enaltecimiento del terrorismo (artículo 570 bis 1 del Código Penal) y de delitos enaltecimiento del terrorismo (578.1, 2 y 4)", al tiempo que rechaza la disolución de Causa Galiza y Ceivar como había pedido el Ministerio Público.
(HABRÁ AMPLIACIÓN)
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