La Audiencia de Madrid confirma la condena a la expresidenta de Infancia Libre por la sustracción de su hijo

  • Marías Sevilla se enfrente a dos años y cuatro meses de prisión y a la retirada de la patria potestad durante cuatro años
La expresidenta de Infancia Libre María Sevilla
La expresidenta de Infancia Libre María Sevilla
EUROPA PRESS - Archivo
La expresidenta de Infancia Libre María Sevilla

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la sentencia que condena a la expresidenta de Infancia Libre, María Sevilla, a dos años y cuatro meses de prisión por sustracción de su hijo, así como a la retirada de la patria potestad durante cuatro años, al dar por válidos los argumentos del juzgado de instrucción.

Así, la sección 16 de la Audiencia madrileña rechaza, en una sentencia del pasado 29 de diciembre difundida este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), el recurso de la defensa de María Sevilla.

La sentencia es recurrible en casación por infracción de ley ante el Tribunal Supremo, y el letrado de María Sevilla ya lo ha hecho al entender que la Policía consiguió de manera ilegal, con medios técnicos no autorizados judicialmente, las imágenes de la vivienda donde fueron hallados María Sevilla y sus dos hijos.

Sobre este asunto la Sala precisa que no puede determinar si los agentes obtuvieron la prueba de forma ilícita, ya que se desconoce si se utilizaron medios técnicos como drones o simplemente obtuvieron las imágenes desde la terraza de un vecino. Además, asegura que en cualquier caso el resultado hubiese sido el mismo gracias a las pesquisas de los agentes.

Los magistrados consideran probado que la condenada, desoyendo el contenido de órdenes judiciales, se llevó al menor "a fin de evitar que el padre ejerciera su legítimo derecho de guarda y custodia". E inciden en que María Sevilla sustrajo al menor y “no solo se negó a entregarlo voluntariamente, sino que se lo llevó en un periplo que acabó con la intervención policial”.

Del mismo modo, los magistrados rechazan el argumento utilizado por la defensa de Sevilla para justificar que desobedeció dictámenes judiciales por la necesidad de proteger al menor, poniendo de relieve que no está probado que el padre abusase sexualmente del niño.

Por otro lado, la Sala le recrimina que alegase no conocer el fallo cuando por otro lado justifica en su recurso el motivo por el cual decidió esconder al menor para defenderlo ante su padre.

Sobre la duración de la condena de cárcel y de privación de la patria potestad, el tribunal determina que es la adecuada debido al comportamiento de la procesada, y destaca "el hecho de cambiar de domicilio, el hecho de no salir del interior de la vivienda, el haber desescolarizado al menor y el haber evitado cualquier contacto con terceros".

María Sevilla fue detenida el 30 de marzo de 2019 en una finca de Villar de Cañas (Cuenca) por la Policía Nacional por un presunto delito de sustracción de menores, tras incumplir una sentencia que otorgaba la custodia al padre de su hijo y mantenerle aislado y sin escolarizar durante un año. 

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