Internacional

España prorroga las restricciones en la frontera con Portugal y a los vuelos desde Reino Unido, Brasil y Sudáfrica

Controles fronterizos en la frontera entre España y Portugal en Tui y Valença.
EFE

España mantendrá por lo menos durante algunas semanas más las restricciones a la entradas en el país desde Portugal, por la frontera terrestre, y desde el Reino Unido, Brasil y Sudáfrica, a través de vuelos directos o de escalas que tengan origen en estos países. En todos los casos las restricciones se mantendrán hasta marzo. En el caso de las llegadas desde Brasil y Sudáfrica, se refuerzan los controles, porque además de aportar una prueba PCR negativa, deberán someterse a un test de antígeno en el aeropuerto español en el que aterricen.

Por una parte, el Gobierno ha prorrogado hasta el próximo 1 de marzo los controles en la frontera interior terrestre con Portugal con las mismas limitaciones aplicadas durante los diez días iniciales después de haber realizado diferentes consultas de coordinación con las autoridades lusas.

Así lo recoge la orden publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que entra en vigor un día antes de que finalizase la orden que fijaba controles fronterizos para tratar de contener la expansión de la COVID-19. Establece que las entradas y salidas del territorio español a través de la frontera con Portugal solo podrá realizarse por los pasos autorizados y durante los horarios que se establezcan.

En el escrito, se establece que las entradas y salidas del territorio español a través de la frontera con Portugal solo podrá realizarse por los pasos autorizados y durante los horarios que se establezcan.

Estos serán publicados por la Dirección General de la Policía, la encargada de coordinar con las autoridades portuguesas el listado de pasos y horarios, e informará de ello al público.

Prueba suplementaria de antígenos 

Por otra parte, el Consejo de Ministros ha decidido mantener hasta las 18 horas del 2 de marzo las restricciones para la llegada de personas desde Reino Unido, Brasil y Sudáfrica, aunque Sanidad advierte de que se podría extender más tiempo "en función de la evolución de la pandemia y de la coordinación de medidas a nivel comunitario". En el caso británico, la medida también afecta a buques de pasaje.

Como hasta ahora, sólo estará permitida la entrada a nacionales españoles y andorranos o residentes en España o en Andorra. En el caso de Sudáfrica la medida se aplica a los ciudadanos españoles o residentes en España o a los que lleguen haciendo escala hacia otro país de la zona Schengen que no podrá tener una duración superior a las 24 horas y las personas no podrán abandonar la zona de tránsito del aeropuerto.

Además, el Gobierno ha reforzado los controles en los aeropuertos españoles, porque quienes aterricen desde estos países -en vuelo directo o en el caso de Sudáfrica como escala hacia otro país de la zona Schengen- no solo tendrán que aportar un PCR negativo realizado como máximo 72 horas, sino que tendrán que someterse a una prueba de antígenos a su llegada.

Así es como se detectó hace unos días el único caso que de momento se ha detectado en España de la peligrosa variante brasileña del coronavirus. Fue a un pasajero que llegó  a Barajas con una PCR negativa, pero a quien se practicó una prueba de antígenos que dio positiva.

Según ha informado Sanidad, las restricciones que se han prorrogado este martes hasta el 2 de marzo no afectan a conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada ni al personal aeronáutico y se contemplan exenciones  también para servicios de búsqueda y salvamento (SAR), vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia.

Autorizados a cruzar la frontera

En relación de nuevo con Portugal, los únicos autorizados para cruzar la frontera son los ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con este.

También podrán cruzar la frontera los residentes en España, que deberán acreditar su residencia habitual, así como los estudiantes que cursen sus estudios en España, así como los residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia habitual, debidamente acreditado.

Además, podrán acceder a España quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente. Esta categoría incluirá, entre otros, a los trabajadores transfronterizos, trabajadores sanitarios y del transporte.

Situación de necesidad

Por último, se permite el tránsito a las personas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad, o por motivos humanitarios así como el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales, así como los participantes en viajes de Estado y los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas para ejercer sus funciones.

Redactora '20minutos'

Actualmente cubro la información relacionada con energía, transición ecológica y transportes. Antes, también en 20 Minutos, me encargué de la cobertura sobre la crisis sanitaria por Covid y, previamente, de la información relacionada con Presidencia del Gobierno. Antes trabajé en la revista Tiempo y, en Bruselas, en las agencias Europa Press y Notimex y fui colaboradora de el periódico Levante-EMV, entre otros medios. Soy licenciada en Ciencias de la Información y postgrado en Información Internacional y Países del Sur por la Universidad Complutense. En 2021 terminé un Máster sobre Museología y Gestión de Museos de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA).

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