Asimismo, el procesado no podrá aproximarse a J.G.T. a menos de 500 metros durante cuatro años, a quien deberá indemnizar en la cantidad de 1.000 euros por las secuelas y en 1.600 euros por las lesiones. Además, deberá abonar 479,94 euros al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha por la asistencia sanitaria.
Los hechos condenados tuvieron lugar sobre la 1.00 horas del 19 de junio de 2017, en Almansa, cuando J.L.G.Z., inició una discusión con J.G.T., en la terraza del bar del que era gerente, llegando a amenazarle con matarle y quemar el bar con él dentro.
Ambos empezaron a forcejear y cayeron al suelo, momento en el que el condenado sacó un cuchillo de 11,4 centímetros de hoja que llevaba en el abrigo y apuñaló a J.G.T. en el costado izquierdo.
Como consecuencia de la agresión, J.G.T. sufrió diversas lesiones consistentes en una herida incisa de 2 centímetros a nivel del último espacio intercostal, línea anterior de hemiotórax izquierdo, con fractura de 10º arco costal izquierdo y contusión en el primer dedo de la mano derecha.
Unas lesiones que requirieron de tratamiento médico-quirúrgico, con sutura de la herida y reposo. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación.
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