Herencias envenenadas: ¿Me arruinaré? ¿Cómo las detecto? ¿Debo renunciar?

  • Herencias repletas de deudas pueden llegar a comprometer el patrimonio del heredero. ¿Cómo se puede prevenir?
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Recibir una herencia, en no pocas ocasiones, lejos de convertirse en algo que aliviará nuestra economía familiar puede llegar a convertirse en un grave problema.

Esto ocurre con las denominadas herencias envenenadas, que son aquellas que pueden llegar a poner en riesgo el propio patrimonio de la persona llamada a heredar. Ocurre cuando los pasivos que se heredan son superiores al activo. Pero, ¿cómo se puede prevenir recibir en herencia una auténtica condena económica?

El abogado Abel Marín, socio del bufete Marín Mateo Abogados de Valencia, ha publicado una guía práctica para evitar errores y solucionar los problemas más comunes en Herencias y Testamentos. En el libro, titulado ‘Protege tu herencia’, el letrado aborda diferentes asuntos como los derechos como hijo, cónyuge o heredero, cómo afectan los impuestos de sucesiones, donaciones o las plusvalías municipales o cómo se puede rescatar el dinero de las cuentas bancarias del fallecido y el cobro de seguros de vida.

Durante la crisis, las renuncias a herencias se dispararon un 210%.
Durante la crisis, las renuncias a herencias se dispararon un 210%.
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¿Debo renunciar a la herencia?

Es aconsejable renunciar a la herencia cuando las deudas del fallecido son o pudieren ser mayores que los bienes que se heredan, asegura el abogado. «En muchas ocasiones, los herederos en situación de riesgo patrimonial renuncian a la herencia por si sus acreedores les embargan los bienes heredados», explica Marín.

En otras ocasiones, explica, también concurren «muchos herederos para poca herencia y las gestiones, la simple coordinación de mucha gente y el proceso de recabar mucha información y documentación desaniman a los interesados».

¿Es la renuncia una solución? Según Marín, "en algunos casos sí y en otros no". Por ello, recomienda "investigar, averiguar y examinar las deudas que tenía el fallecido. Y no solo el importe de estas, sino también el tipo de deuda, el tipo de acreedores". Según explica, no es lo mismo deber al banco un préstamo hipotecario, con la garantía de un bien inmueble, que deber un préstamo personal o una póliza de crédito de una empresa".

El impuesto de sucesiones: muy elevado para herencias entre hermanos

El abogado tacha de «demagogia» que estén aumentando las renuncias por el impuesto de sucesiones ya que cuando una persona renuncia ante notario «no manifiesta en la propia escritura de renuncia los motivos y, por tanto, no hay forma de registrarlo».

El impuesto de sucesiones y donaciones, en el caso de herencias de padres a hijos, siempre es una pequeña parte de lo heredado ya que se aplican reducciones, deducciones y bonificaciones fiscales importantes. «El coste fiscal sí que es muy elevado en los casos de herencias entre hermanos, de tíos a sobrinos y demás casos de parientes más lejanos, o herederos sin vínculo famiilar», indica Marín.

Los problemas de morir sin haber hecho un testamento

Hombre escribiendo testamento
Hombre escribiendo testamento
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Morir sin testamento es más común de lo que pensamos y cuando esto ocurre, «el desconcierto de los familiares es grande», explica Abel Marín.

La respuesta jurídica, a priori, es sencilla:cuando no hay testamento se soluciona con el Acta de Declaración de Herederos que nombra herederos a los hijos por partes iguales. A falta de estos, a los padres y a los abuelos, y a falta de todo, al cónyuge. Y si un hijo ha muerto antes que los padres, se nombra a los nietos en sustitución del hijo fallecido. Pero, ¿qué pasa con la viuda o el viudo? El abogado alerta de que llega a haber casos en los que los hijos echan de casa a su madre o padre por la herencia. Por tanto, si te quedas viudo o viuda y tu esposo o esposa no hizo el testamento, la Ley no te da derecho al usufructo vitalicio, sino sólo a una parte:la legítima.

Testamento abierto: El más común pero también se generan problemas

Es la modalidad más utilizada en España y la que aconseja el abogado Abel Marín. Deberás acudir al notario y expresar oralmente tu voluntad. El notario redactará el testamento, según los deseos que le has manifestado. Una vez redactado, te lo leerá en voz alta, indicando expresamente el lugar, año, mes y hora en que se ha otorgado.

Si estás conforme, lo firmarás en su presencia. El notario siempre conservará el original y te dará una copia. El precio ronda los 80 euros.

El problema que puede tener, según Marín, es que los notarios aplican plantillas genéricas que se aplican para todo el mundo. Esto puede acarrear problemas a la hora de aplicar el usufructo de la viuda o el viudo, sobre todo en casos de segundas nupcias. «En mi dilatada experiencia casi siempre que concurren los hijos del primer matrimonio con el viudo o la viuda de unas segundas nupcias suele haber tensiones, cuando no fuertes conflictos», advierte el experto en herencias.

Fuerte colisión entre hermanos

La situación más conflictiva y habitual es cuando varios hermanos comparten un inmueble o varios, y unos quieren vender y otros no;a veces porque los mismos que no quieren vender son los que hacen uso de éste. Si no hay acuerdo para vender y el bien es indivisble, «la manera más civilizada de vender el piso es solicitar la subasta pública del piso», recalca Marín.

Coordinador Jefe de Verticales '20minutos'

Licenciado en Periodismo por la Universidad CEU San Pablo de Valencia. En mis más de 20 años de profesión, he trabajado en todas las secciones y todas me gustan: Local, Economía, Política, Deportes, Salud, Local, Tecnología, Viajes, Gastronomía, Motor, Sucesos...

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