Aluvión de seguros de impago al crecer el número de inquilinos morosos

  • Desde donpiso aseguran que se ha doblado la contratación de estos seguros que protegen frente a inquilinos morosos.
Una joven preocupada.
Una joven preocupada.
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Una joven preocupada.

La pandemia y la crisis económica derivada provocó un incremento de la morosidad del 7,3% el pasado mes de febrero de 2021, según los datos del Fichero de Inquilinos Morosos (FIM). Ese dato supuso una subida de 6 puntos porcentuales en comparación con febrero de 2020, justo antes de la llegada de la covid 19.

Este incremento de la morosidad vinculado a los efectos de la crisis económica (quiebras empresariales, ERTE y subida del desempleo) «ha provocado una subida del 100% en la contratación de seguros de impago», según asegura a 20minutos el subdirector general de donpiso, Emiliano Bermúdez, «justamente como forma de los propietarios para protegerse de eventuales casos de morosidad por parte de inquilinos».

El incremento de la morosidad por la crisis económica ha provocado una subida del 100% en la contratación de seguros de impago

«El aumento de la morosidad es una situación que preocupa mucho a la banca porque pone en riesgo pagos consolidados y ya ocurrió de forma similar en la anterior crisis económica», asegura.

Baja la morosidad de las familias y empresas con la banca
Aumenta la morosidad de los inquilinos
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Por ello, según las previsiones del Observatorio Español del Seguro de Impago de Alquiler (OESA) este año el 30% de los nuevos contratos de alquiler incluirán seguros de impago.

En la actualidad, el mercado del alquiler representa en España el 18 por ciento del total del parque de viviendas del país, con 3,4 millones de inmuebles, aunque en el sector prevén un incremento de la oferta durante los próximos años.

«La crisis de la covid-19 ha hecho que los arrendadores se sientan más inseguros ante posibles impagos», explica Emiliano Bermúdez, quien agrega: «El volátil contexto en el que vivimos provoca además que sea muy difícil prever futuras morosidades».

Cartel de una vivienda que se alquila.
Cartel de una vivienda que se alquila.
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¿Qué es un seguro de impago?

El seguro de impago de alquiler es un seguro que proporciona a los propietarios de un bien inmueble arrendado la seguridad de que cobrarán el alquiler del mismo, según explican desde la sociedad financiera Rankia.

¿Qué modalidades existen?

Existen dos modalidades de seguros de impago de alquiler. Por un lado, el seguro de impago de alquiler básico: el arrendador recibe el pago de las mensualidades si se produce un impago por parte del inquilino. Además también ofrece defensa jurídica para exigir al inquilino el pago de las cantidades no satisfechas (tasas judiciales, gastos de abogado y de procurador, gastos notariales, gastos de peritos y fianzas exigidas en los procesos penales).

La segunda modalidad es la llamada cláusula de impago de alquiler dentro del seguro de hogar. En teoría la cobertura es similar, pero en la práctica suele ser menos completo y ofrece menos coberturas que el seguro de impago de alquiler, indican desde Rankia.

Existen otros escenarios que pueden estar contemplados en los seguros de vida.
Aumenta la contratación de seguros de impago.
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¿Cómo funcionan?

«El seguro de impago de alquiler cubre la renta que se acuerda en el momento de la firma por hasta 12 meses de impago», explica Emiliano Bermúdez (donpiso). De esta forma, el arrendador se asegura su renta mensual y evita situaciones de morosidad por parte del inquilino.

¿Cubren otras coberturas?

Además del impago, estos seguros ofrecen otras coberturas. «Una vez que se ha contratado un seguro», expone Bermúdez, «es común que se añada protecciones por robo o daños a la vivienda, que a su vez son la causa principal de litigios entre el casero y el inquilino», añade.

Es habitual que a partir de un cierto momento del contrato el propietario intente hacer pagar al inquilino gastos como el de la comunidad o el IBI. Una práctica ilegal a la que el arrendatario puede negarse.
Es habitual que a partir de un cierto momento del contrato el propietario intente hacer pagar al inquilino gastos como el de la comunidad o el IBI. Una práctica ilegal a la que el arrendatario puede negarse.
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¿Qué precio tienen?

El precio de los seguros de impago de alquiler, según explican desde acierto.com, se sitúan entre el 3% y el 5% de la renta anual. Esto quiere decir que, en el caso de un alquiler de 1.000 euros mensuales, implica un coste de entre 360 y 600 euros al año. No obstante, estas cifras se han de tomar de forma orientativa ya que varían para cada compañía.

Archivo - Recurso de dinero
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¿Quién debe pagarlo?

La ley no aclara este aspecto, lo que conlleva que ambas partes (arrendador e inquilino) pueden decidir libremente acerca de este aspecto. Por lo tanto, tanto arrendador como arrendatario podrían hacer frente a dicho pago indistintamente. 

No obstante, se debe tener presente que el beneficiario siempre será el arrendador, ya que este es quien necesita estar cubierto ante cualquier posible impago que se diera por parte del inquilino. Es decir: lo recomendable es que el seguro sea contratado por el propietario de la vivienda. Al asegurar al inquilino -posible causante de los daños- no debería ser este quien lo suscriba.

Bermúdez, no obstante, alerta de que en Cataluña sí podría haber problemas ya que la ley impone topes de precio en mercados tensionados.

¿Beneficia al inquilino?

Para el subdirector de donpiso, contratar seguros también tiene beneficios para el inquilino, al servirle de desahogo económico en caso de no poder afrontar los pagos del alquiler. «Con una cobertura amplia, el inquilino evita posibles situaciones desagradables como entrar en la lista de morosos o ser desahuciado», opina.

¿Cuándo se considera impago?

Transcurrido un mes desde la fecha de pago acordada se considera impago y se puede presentar una reclamación. Se deberá notificar formalmente la deuda al arrendatario. El propietario deberá informar también a su aseguradora.

Estudio de solvencia

El estudio de solvencia es una comprobación de que el futuro inquilino cuenta con los requisitos necesarios para poder hacer frente al pago de la vivienda. En concreto, su contrato de trabajo y últimas nóminas, declaraciones de autónomo y se comprueba si está en listas de morosos.

Pablo Segarra
Coordinador Jefe de Verticales '20minutos'

Licenciado en Periodismo por la Universidad CEU San Pablo de Valencia. En mis más de 20 años de profesión, he trabajado en todas las secciones y todas me gustan: Local, Economía, Política, Deportes, Salud, Local, Tecnología, Viajes, Gastronomía, Motor, Sucesos...

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