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Los jueces critican al Gobierno por delegar en el Supremo las medidas antiCovid: "No estamos para gobernar"

Un agente de la Guardia Civil vigila durante un control en Madrid.
EUROPA PRESS

El Gobierno vuelve a cruzarse con el malestar de los jueces. Esta vez, a cuenta de las restricciones que podrán imponer las comunidades autónomas sin estado de alarma, que decaerá el próximo domingo 9 de mayo. El Ejecutivo aprobó el martes a través de un Real Decreto que sea el Tribunal Supremo el que tenga la última palabra sobre qué medidas limitantes de los derechos fundamentales podrán adoptar las autonomías para evitar una posible discordancia judicial en diferentes territorios. Las dos principales asociaciones de jueces consideran que el Ejecutivo no ha legislado adecuadamente y creen que se "inhibe" con este "irresponsable" movimiento.

“El Ejecutivo está eludiendo su responsabilidad, que es la de legislar a través del parlamento; tendría que haber dado a las autonomías los instrumentos jurídicos suficientes”, explica a 20Minutos María José del Barco, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la principal del sector. Coincide con ella Jorge Fernández, portavoz de la otra asociación mayoritaria, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV): “El Gobierno se ha inhibido de solucionar el problema, que no es judicial sino legal, porque no hay herramientas legales que permitan a las autoridades hacer lo que pretenden”.

Incluso el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, César Tolosa, ha criticado, en declaraciones a la Agencia Efe, el "déficit importante" que existe en la legislación sanitaria de urgencia y ha explicado que los jueces dictaminen antes de su implantación qué medidas son las adecuadas "no es el mejor sistema". "Los jueces no estamos para gobernar", ha asegurado.

En su crítica, Del Barco recuerda que el Gobierno, a través de la vicepresidenta primera, Carmen Calvo, se comprometió a poner las bases legales para que el estado de alarma no fuera el único instrumento con el que combatir la pandemia. “Salir de la alarma significa darnos a nosotros mismos instrumentos importantes para poder navegar cualquier situación que vuelva a perturbarnos", dijo la vicepresidenta en el Senado el pasado 13 de mayo de 2020, cuando anunció su intención de reformar la ley de Salud Pública.

Sin embargo, el Ejecutivo cambió de versión hace pocas semanas y la propia Calvo defendió que no hacía falta esa reforma porque hasta ahora, dijo en abril de este año, "en el 99% de los casos los tribunales han dado la razón a las decisiones de los ejecutivos autonómicos, salvo en algún asunto puntual". Esos “casos puntuales” se dieron en forma de diferentes varapalos judiciales en los meses de verano, una situación que el Ejecutivo quiere evitar de nuevo. Entonces, el Gobierno cambió las competencias para que no fueran los juzgados de lo contencioso-administrativo los que pudieran tumbar las medidas autonómicas sino que fueran los TSJ. Ahora sigue esa senda con el TS.

Por ello ha aprobado el real decreto, que entrará en vigor el próximo lunes y que también dejará en manos del Supremo las medidas sanitarias que adopte el Gobierno central, que hasta ahora debía responder ante la Audiencia Nacional. El funcionamiento será el siguiente: las autonomías deberán solicitar la ratificación judicial al tribunal superior de justicia (TSJ) de cada comunidad. En caso de que las restricciones propuestas sean denegadas, la autonomía podrá ir al Supremo, que tendrá un plazo máximo de cinco días para pronunciarse. La autonomía deberá presentar el recurso al Supremo en los tres días siguientes a su rechazo por parte del TSJ. El Supremo abrirá entonces un plazo de tres días para que las partes presenten alegaciones y, después, decidirá en esos cinco días.

Eso sí, Del Barco asegura que esta "unificación" de criterios no va a suponer de inmediato que las autonomías cuenten con barra libre para delimitar derechos fundamentales. Cree que los jueces valorarán las medidas “según las circunstancias”, pues opina que la situación de la pandemia de coronavirus en España “no es la misma hoy que en septiembre”, cuando la vacuna era aún un objetivo lejano y la incidencia comenzaba a dispararse. Además, la Fiscalía General del Estado ya ha anunciado que no adoptará un único criterio de actuación en todas las autonomías, sino que se establecerá caso por caso, teniendo en cuenta las particularidades del territorio.

Otra de las críticas que hacen tanto Vaquero como Del Barco es la forma de tramitar el cambio competencial para darle la última palabra al Supremo. La representante de la APM rechaza que la modificación legislativa se haya hecho a seis días de que decaiga el estado de alarma y a través de un Real Decreto, que supone una tramitación exprés y sin consultar al Consejo General de los Jueces. El portavoz de AJFV también señala a las demás formaciones con representación en el Congreso por su “falta de voluntad”. “No siempre hace falta que legisle el Gobierno, para eso existe también el Parlamento”, añade.

El Supremo consultará el decreto con su gabinete jurídico

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha llegado este miércoles a diferentes acuerdos para aplicar la reforma del Ejecutivo. Será la Sección Cuarta la que tendrá las competencias para resolver los recursos de casación de las autonomías. Esta sección es la que ya se ocupa de la materia sanitaria y ha resuelto en los últimos meses los asuntos relativos a medidas relacionadas con la pandemia.

También han acordado la creación de un canal de comunicación entre los presidentes de la Sala III del Supremo y de las salas de lo contencioso-administrativo de los TSJ para coordinarse y cumplir con los plazos que impone el decreto-ley. Además, el Supremo ha solicitado un informe a su gabinete técnico sobre la aplicación de la reforma. Luego lo repartirá a sus magistrados para que realicen las aportaciones que vean necesarias.

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