España abre sus fronteras a los pasajeros vacunados de todo el mundo: estos son los tres certificados que se pueden presentar

Una pasajera en la terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez - Madrid Barajas,.
Una pasajera en la terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez - Madrid Barajas,.
EUROPA PRESS
Una pasajera en la terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez - Madrid Barajas,.

A partir de este lunes 7 de junio, aquellos viajeros extranjeros que hayan recibido su pauta completa de vacunación contra el coronavirus al menos 14 días antes podrán entrar en España. Así lo recoge la orden publicada por el Ministerio de Sanidad en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este sábado relativa a los controles sanitarios en los puntos de entrada de España. 

Esta resolución, junto con otra orden publicada por el Ministerio del Interior sobre el control de fronteras, incorpora como novedades los certificados de vacunación y de recuperación de turistas procedentes de un país de la Unión Europea, así como la apertura a viajeros vacunados procedentes de países extracomunitarios.

¿Cuáles son los requisitos para la entrada en España?

Actualmente pueden entrar en España por vía aérea o marítima sin restricciones o controles sanitarios los viajeros procedentes de países del espacio Schengen, Australia, Singapur, Nueva Zelanda, Ruanda, Corea del Sur, Tailandia, Israel, Reino Unido, Japón y China. Por otro lado, como explican en Civio, los países de Brasil, Sudáfrica e India continúan prácticamente vetados y únicamente pueden entrar aviones o barcos que transporten españoles o residentes. 

Por último, los viajeros procedentes del resto de países del mundo podrán entrar en España a partir de este lunes si acreditan estar inmunizados por alguna de las vacunas aprobadas por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) o por la Organización Mundial de la Salud (OMS), mientras que antes solo se podía por diversas excepciones, como motivos familiares o laborales.

Así, España abre las puertas al turismo a aquellos viajeros que acrediten estar inmunizados, haber pasado la enfermedad o tener una prueba diagnóstica negativa. Estos son los tres supuestos que incluye el próximo Certificado Covid de la UE, aunque todavía no se han terminado los preparativos técnicos y se espera que se ponga en marcha el próximo 1 de julio.

¿Qué deberán aportar los viajeros procedentes de países en riesgo?

En primer lugar, todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima tendrán que cumplimentar un formulario de control sanitario disponible en esta web. Asimismo, quienes lleguen al país como destino final también deberán someterse a un control sanitario en la entrada que incluye, al menos, la toma de temperatura, un control documental y visual.

En este sentido, los viajeros procedentes de países o zonas de riesgo deberán presentar uno de los tres documentos sanitarios: un certificado que confirme haber recibido la vacuna contra la Covid-19, al menos, 14 días antes de la llegada; un certificado diagnóstico con resultado negativo, o un certificado que acredite que la persona se ha recuperado de la enfermedad.

Sin embargo, quedan excluidos de la presentación de estos requisitos los pasajeros menores de seis años de edad, así como las tripulaciones de los medios de transporte internacional necesarias para llevar a cabo labores de transporte.

Respecto a las fronteras terrestres, la resolución establece que "todas las personas de seis años o más, procedentes de países o zonas de riesgo que lleguen a España deberán disponer de alguna de las certificaciones contempladas", salvo las siguientes excepciones: profesionales del transporte en el ejercicio de su actividad profesional, trabajadores transfronterizos y residentes en zonas fronterizas a un radio de 30 kilómetros de su lugar de residencia.

20minutos

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