Badajoz

Extremadura modifica la orden que regula el uso del fuego y amplía el plazo para extraer astillas destinadas a biomasa

Así responde la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio a demandas del sector maderero, tras el análisis técnico de las circunstancias expuestas en relación a la producción y procesamiento de astilla para biomasa existente en la comunidad extremeña.

Según se ha constatado, este material necesita mantenerse determinado tiempo en los cargaderos o campas para su secado antes de ser transportado, por lo que el periodo establecido en la Orden publicada el 24 de mayo queda modificado en el tercer punto del artículo 8, explica en nota de prensa la Junta de Extremadura.

GARANTIZAR LA SEGURIDAD

Así, se actualiza la redacción de dicho artículo, indicando que se deberá extraer la madera y los restos del monte, situados en los cargaderos o campas, con una periodicidad máxima de 20 días, plazo que se amplía a 45 días, cuando dicho material sea el astillado.

La planificación del aprovechamiento, la ubicación de los montones de astilla y el periodo de permanencia de éstos deberá comunicarse siempre al Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales.

La orden indica que al tratarse de una actividad que supone una reducción del riesgo de incendios forestales y la puesta en valor de los bosques, se procede a realizar la modificación que haga viable dicho aprovechamiento, a la vez que garantice la seguridad frente a incendios.

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