Los padres de Marta apoyan la nulidad de las escuchas a los acusados

Miguel Carcaño, presunto autor de la muerte de Marta del Castillo.
Miguel Carcaño, presunto autor de la muerte de Marta del Castillo.
EFE
Miguel Carcaño, presunto autor de la muerte de Marta del Castillo.

El abogado de los padres de Marta del Castillo apoya la nulidad de las escuchas realizadas a los acusados con sus abogados en el locutorio de la cárcel, para lo que se basa en la doctrina del Tribunal Constitucional de que tal restricción de derechos solo es aplicable a los terroristas.

El derecho a un juicio justo debe prevalecer frente a la eficacia

En contra de la opinión de la Fiscalía, segunda parte acusadora del caso de la joven asesinada en Sevilla, el abogado de los padres de la víctima apoya la petición de los defensores de que se anulen esas escuchas "desde la convicción de que el derecho a un juicio justo debe prevalecer frente a la eficacia", según un escrito presentado en el proceso.

Los abogados de los cuatro acusados por la muerte de Marta han pedido al juez que decrete la nulidad del auto por el que autorizó intervenir todas sus comunicaciones y conversaciones, incluidas las mantenidas con sus letrados en el locutorio, que se destruya su soporte informático y que el contenido se anule como prueba para el futuro juicio.

En busca de pistas sobre el cadáver

El juez de instrucción 4 de Sevilla autorizó el 3 de marzo dicha interceptación con el único objetivo de encontrar alguna pista sobre el lugar donde arrojaron el cadáver de Marta, asesinada el 24 de enero pasado.

La transcripción de las conversaciones no reveló el paradero del cuerpo pero en ellas el asesino confeso, Miguel C.D., ratificaba que lo arrojó a un contenedor y expresaba su sorpresa por el hecho de que no hubiese aparecido, después de un mes de búsqueda, en el vertedero de Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

El bufete Montero-Aramburu, que ejerce la acusación en nombre de los padres de Marta, recuerda en su escrito que la interceptación de conversaciones en el locutorio puede ser acordada por el director de la cárcel con el objetivo de "preservar la seguridad del centro".

"Lealtad procesal"

Pero en el caso de que las conversaciones sean del preso con su abogado, la Ley General Penitenciaria prevé que solo pueden ser "suspendidas o intervenidas por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo".

El "respeto a la inviolabilidad de las conversaciones entre letrado defensor e imputado" es una exigencia y "regla esencial de lealtad procesal y garantía mínima para que pueda hablarse de un juicio justo", sostiene la acusación particular.

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