¿Puede acabar en la cárcel el joven que denunció falsamente una agresión homófoba en Malasaña?

La falsa denuncia de Malasaña sigue centrando el debate político
La falsa denuncia de Malasaña sigue centrando el debate político
Europa Press
La falsa denuncia de Malasaña sigue centrando el debate político
La falsa denuncia homófoba del joven de Malasaña sigue protagonizando el debate político, 
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Una denuncia por agresión homófoba que ha resultado ser falsa ha revolucionado el panorama político y social del país. Este domingo, un joven denunció haber sido atacado por una banda de "encapuchados" que le grabaron a navaja la palabra "maricón" en una nalga. Días después, reculaba vencido por la presión y el revuelo que suscitó el caso, confesando que había interpuesto la denuncia para ocultar una infidelidad a su pareja. 

Las dudas se centran ahora en las consecuencias legales a las que podría enfrentarse el joven por haber denunciado hechos que en realidad no sucedieron. En el Código Penal se contemplan estos casos con penas concretas; pero, según apuntan algunos expertos y ciertas resoluciones previas, la decisión de si se lleva a cabo un proceso penal, o no, dependerá de las actuaciones judiciales que se efectuaron en el marco de la investigación. 

En un principio no se contemplará el caso como un delito de denuncia falsa -sancionado con una pena que puede ser de hasta dos años de prisión- por no haberse imputado a nadie en concreto en la denuncia. Y es que, según se establece en el artículo 456 del Código Penal, los delitos de denuncia falsa son "los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación".

El joven, ya en libertad a la espera de requerimientos judiciales, no especificó la identidad de una o varias personas determinadas, pues en la denuncia del domingo se refirió a personas "encapuchadas".

Así, se optaría, "en todo caso", por un delito de simulación de delito, explica a 20minutos Rafael Fontán, profesor de derecho Penal de la Universidad Europea de Madrid (UEM). "Tipificada en el artículo 457 del Código Penal, castiga al que simulare haber sido víctima de una infracción penal, que ha resultado ser finalmente inexistente, provocando actuaciones procesales", añade. De imputársele este delito, podría enfrentarse a una multa de seis a doce meses de cárcel.

Determinar si hubo actuación procesal

Ahora, será la Fiscalía quien deberá decidir si se le imputa ese delito tras analizar el atestado completo de la investigación que ya ha sido enviado al juzgado por la Policía Nacional. "La cuestión será dilucidar si las pesquisas realizadas hasta ahora pueden considerarse o no actuación procesal", afirma Fontán. Y podría hacerse, ya que, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press, el Juzgado de Instrucción número 52 de Madrid abrió ya hace unos días diligencias previas tras recibir el parte de lesiones de la Policía Nacional.

En este caso, el experto en Derecho Penal señala dos claves fundamentales. Una de ellas será determinar si hay o no actuaciones procesales. "La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha excluido, por sentencias antiguas, el simple recibimiento de la denuncia o del atestado en el juzgado como actuación procesal, y se precisa siempre de alguna actividad jurisdiccional posterior, aunque sea mínima", detalla.

Por otro lado, si se entiende que no ha habido actuaciones procesales, "se podría considerar que hay un desistimiento en la tentativa", afirma Fontán, señalando que el hecho de que el joven se retractara reconociendo la mentira ante la Policía, podría llegar a influir para considerarse "lo que penalmente se denomina desistimiento activo" y el delito no sería castigado. 

Este tiene lugar -según consta en el apartado 2 del artículo 16- cuando la persona en cuestión evita voluntariamente "la consumición del delito, bien desistiendo de la ejecución ya iniciada, bien impidiendo la producción del resultado".

Otro aspecto que debería tenerse en cuenta, según destaca el profesor de la UEM, es "buscar esa actuación procesal con la que se simula el delito". Explica que normalmente se simula el delito con el objetivo de que "se ponga en funcionamiento el aparato jurisdiccional". Sin embargo, en este caso "parece que el joven no pretendía eso, sino que su novio pensara que los hechos sí que habían sucedido". Esta, por tanto, podría llegar a ser una tercera vía para evitar que se inicie el procedimiento. 

El caso, que provocó una oleada de indignación y rechazo a la homofobia en todo el país, cambio de rumbo cuando el joven reconoció este miércoles que las heridas sufridas -una raja en el labio y la palabra "maricón" grabada con cuchillo en un glúteo- fueron consentidas mientras mantenía relaciones con otra persona. 

Ante la falta de pruebas que respaldasen su relato, la Policía le tomó una nueva declaración en la que finalmente acabó confesando que había mentido para esconder a su pareja que había mantenido relaciones sexuales con otras personas.

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