Almeida ya tiene su ordenanza de movilidad: ¿Puedo entrar con el coche al centro? ¿Me multarán? ¿Desde cuándo?

  • Preguntas y respuestas sobre las nuevas normas de movilidad a las que tendrán que adaptarse los madrileños en los próximos días.
Línea 001 de autobús de Madrid 360.
Línea 001 de autobús de Madrid 360 circula por el centro.
Jorge París
Línea 001 de autobús de Madrid 360.
Línea 001 de autobús de Madrid 360 circula por el centro.
JORGE PARÍS / EUROPA PRESS

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha dado luz verde a la nueva ordenanza de movilidad. Una norma que viene a sustituir a la que instauró Manuela Carmena en 2018. Estos son los cambios a los que tendrán que adaptarse los madrileños con respecto al Madrid Central de la exalcaldesa. 

¿Cuándo entra en vigor?

Una vez que se publique en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM). Esto es entre esta y la próxima semana. A partir de entonces entran a funcionar todas las medidas, a excepción de tres que deben pasar por un estudio de demanda: las plazas de alta rotación dedicadas a sanitarios y otros servicios esenciales, la tarifa dinámica del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)- será más caro el parquímetro cuanto más contaminación haya- y la carga y descarga inteligente.

¿Cuántas zonas de bajas emisiones hay?

Si hasta ahora había una única zona de bajas emisiones, en unos días habrá dos. La de Madrid Central -con un cambio de nombre- y se añade la de Plaza Elíptica.

Entonces, ¿se mantiene Madrid Central?

Sí. Se mantiene los mismos límites y restricciones a la circulación. La diferencia la perciben los comerciantes quienes recibirán el mismo tratamiento que los residentes de la zona. Estos podrán registrar hasta tres matrículas, que podrán modificar mensualmente. En cambio, los residentes que ya tienen autorizadas sus matrículas no tienen que volver a solicitarlas y continúan teniendo derecho a registrar 20 matrículas al mes para sus visitas. La segunda novedad es que se amplía un año, hasta el 31 de diciembre de 2022, la exención para los vehículos de menos de 3.500 kg de distintivo B.

¿Cuándo comienzan las multas en esta zona Centro?

El Ayuntamiento establece un periodo informativo de dos meses. Es decir, hasta mediados de noviembre las cámaras no sancionarán. Captarán las matrículas para que, en caso de saltarse la ley, enviar una carta al domicilio para alertar de los cambios en la normativa. Eso sí, los agentes de movilidad podrán sancionar in situ. La multa continúa siendo de 90 euros.

¿Cuándo entra a funcionar la de Plaza Elíptica y a quién prohíbe la circulación?

La zona de bajas emisiones de Plaza Elíptica comenzará a funcionar tres meses después de la publicación en el boletín. Y tras dos meses de periodo informativo, se comenzará a sancionar a todos los vehículos sin etiqueta que accedan a dicha área. Es decir, las cámaras se activarán antes de finales de año, pero será a partir de febrero cuando puedan llegar las multas.

¿Cuál es el perímetro?

El área comprende la calle Faro, avenida de Abrantes, calle Portalegre, avenida de Oporto, travesía de Antonia Lancha, calle Santa Lucrecia, calle Antonio Leyva, calle de Arlanza, lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos. También la calle Manuel Noya, calle Cerecinos, calle Fornillos, calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8, avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid y la calle Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.

¿Qué cambios de normativa afecta a los turismos?

Además de contar con dos zonas de bajas emisiones, los más contaminantes tienen los días contados. A partir del 1 de enero de 2022, se restringe el acceso y circulación en el interior de la M30 a los vehículos sin distintivo ambiental, conocidos como A -vehículos diésel matriculados antes del 2006 y de gasolina matriculados-, que no estén domiciliados en Madrid. Desde el 1 de enero de 2023, esta restricción incluirá también la M-30.

Desde el 1 de enero de 2024, ningún vehículo sin distintivo ambiental no domiciliado en Madrid podrá circular por el interior de la M-40. A partir del 1 de enero de 2025, ningún vehículo sin distintivo ambiental, incluidos los domiciliados en Madrid, podrán circular por todo el término municipal.

También se incluyen otras normas generales para todo tipo de vehículos con independencia de su distintivo ambiental. En vías urbanas de dos carriles por sentido de circulación, el de la derecha se convierte en multimodal siempre que las circunstancias técnicas y de seguridad lo permitan. De esta forma, el límite máximo de velocidad en el multimodal para que converjan y se integren los diferentes modos de transporte será de 30 kilómetros por hora. Eso sí, no se contabilizan los carriles reservados para el uso exclusivo de transporte público.

A esto se suma que los vehículos deberán limitar la velocidad a 20 km/h en las vías urbanas que dispongan de plataforma única de calzada y acera cuando existan bolardos y a 15 km/h cuando no los haya. Además, tendrán que ir a 20km/h cuando circulen por en entornos escolares en los horarios de entrada- de 7.00 a 9.00 horas- y salida -de 15.00 a 17.00 horas-. Los vehículos compartidos de 'carsharing' podrán disponer de infraestructura de recarga, que será de uso exclusivo para estos vehículos durante el horario de la reserva.

¿Y a los motoristas y usuarios de patinetes?

Una vez se apruebe la ordenanza, las 'motosharing' tendrán prohibido aparcar en las aceras cuando exista una reserva específica para estos vehículos a menos de 100 metros. 

Los patinetes podrán circular por los carriles multimodalescarril con velocidad limitada a 30 kilómetros por hora o inferior-, siempre que hagan uso del casco homologado y estén iluminados como se contempla en el Reglamento General de Circulación. Por último, las motos, bicis y patinetes que se dediquen a actividades económicas (sharing) no podrán ocupar más del 50% de las plazas reservadas.

¿En qué cambia para un ciclista?

Se eleva de metro a metro y medio la distancia que debe de guardar un ciclista respecto a un transeúnte y también de las fachadas, para evitar el atropello de cualquier viandante que salga de un establecimiento o portal, por ejemplo. Por otro lado, Madrid permitirá a las bicicletas circular en ambos sentidos de la marcha en ciclocalles, calles residenciales y de plataforma única limitadas a 20 km/h. En estos casos, la bicicleta tendrá prioridad de paso. También podrán circular por parques y jardines públicos urbanos en caminos de más de tres metros de ancho así como circular por túneles, salvo prohibición expresa, siempre que utilicen la correspondiente iluminación homologada. 

Lo que se prohíbe en todo el término municipal es la circulación de 'bicibirras', salvo autorización expresa. En cuanto a los anclajes para bicicletas en aparcamientos disuasorios, deberán colocarse lo más cerca posible a las entradas principales y a la vía ciclista que pudiera existir, así como si hubiera una estación de transporte público próxima. Además, tal y como adelantó 20minutos, las personas menores de 18 años deberán llevar casco homologado o certificado, así como los riders que desarrollan actividad económica de distribución de mercancías o de transporte de personas al uso del casco homologado, indistintamente de su edad.

¿Y para los camiones de carga y descarga?

Los camiones de carga y descarga ganan dos batallas: el tiempo y el espacio. Por un lado se aumenta de 30 a 45 minutos el tiempo para las reservas de carga y descarga. Por otro, tendrán puntos de carga y descarga de mercancías en todos los aparcamientos de titularidad municipal para facilitar la distribución urbana de mercancías de última milla. 

¿Cómo responde a la demanda de plazas verdes?

La nueva normativa elimina las zonas de aparcamiento vecinal, y mantiene el sistema de aparcamiento del SER para aquellos barrios donde existen problemas de estacionamiento para la gestión racional del espacio público. Eso sí, solo se hará en aquellos que cuente con acuerdo previo favorable de la Junta de Distrito tras haber consultado a los vecinos y asociaciones vecinales afectadas.

Las zonas a incorporarse de manera parcial serían: Peñagrande (Fuencarral-El Pardo); Valdezarza (Moncloa); Los Cármenes y Puerta del Ángel (Latina); Opañel, San Isidro (Carabanchel); Zofío y Pradolongo (Usera); Ventas, Pueblo Nuevo, Quintana, Concepción, San Pascual, San Juan Bautista, Colina, Atalaya y Costillares (Ciudad Lineal). El SER se implantará por completo en los barrios de Comillas (Carabanchel); Almendrales y Moscardó (Usera).

Por otro lado, se incrementa del 75% al 80% el mínimo de plazas verdes que debe existir en cada barrio para beneficiar a los vecinos que pagan la tarifa SER y no encuentran aparcamiento en su zona.

Redactora '20minutos'

Soy redactora de Política en la sección de Nacional desde 2022. Sigo de cerca al PP desde Génova, el Congreso y, a veces, el Senado. Antes, estuve encargada de la información municipal de Madrid durante tres años, aunque primero me formé en Cultura a mi llegada a 20minutos en 2019. Hice prácticas en El Mundo y en Europa Press. Colaboro en Capital Radio. Graduada en Periodismo por la UNAV. Madrileña con sangre navarra.

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