Madrid

Objeción de conciencia y Comisión de Garantías: Madrid aprueba el decreto para regular la Ley de eutanasia

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Europa Press

La Comunidad de Madrid ha aprobado este miércoles el decreto de desarrollo de la ley que regulara la eutanasia, que incluye el registro de profesionales objetores de conciencia a su aplicación y la Comisión de Garantías que evaluará las peticiones.

Así lo ha anunciado en rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Gobierno, el portavoz del Ejecutivo autonómico, Enrique Ossorio, donde ha explicado que esta normativa "cumple el mandato de la ley orgánica nacional", aprobada en el Congreso el pasado mes de marzo, que obliga a las comunidades autónomas a regular ambos aspectos.

Estos órganos harán efectivo el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir y el derecho de toda persona a solicitar y recibir dicha ayuda, ha sostenido Ossorio.

El Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir será único para toda la región. Tendrá naturaleza administrativa y no tendrá acceso público. Tiene como fines inscribir las declaraciones de objeción de los profesionales sanitarios y proporcionar al Servicio Madrileño de Salud la información necesaria para garantizar la adecuada gestión de la prestación.

En él podrán dejar constancia de su objeción todos los profesionales sanitarios de la región madrileña, de centros públicos o privados, directamente implicados en la prestación de ayuda para morir. El profesional sanitario podrá revocar la declaración cuando lo considere, pero tendrá efectos, aunque cambie de organización o puesto de trabajo. Las gestiones se realizarán de forma telemática.

Comisión de Garantías

La Comisión de Garantía y Evaluación, adscrita al Servicio Madrileño de Salud, es un órgano administrativo colegiado y multidisciplinar que dirimirá si concurren los requisitos y condiciones establecidas para el correcto ejercicio del derecho a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir en caso de conflicto.

Estará formada por 23 vocales: nueve personas con la especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria, Psiquiatría, Geriatría, Neurología, Medicina Intensiva, Medicina Interna y Oncología; nueve licenciados o graduados en Derecho que cuenten con un máster en bioética, tengan experiencia como miembros de un Comité de Ética Asistencial o con experiencia profesional en el ámbito del Derecho Sanitario; otros tres en Enfermería con actividad asistencial en Atención Primaria o en ámbitos específicos de Atención Hospitalaria; otra en Psicología con actividad asistencial y otra en Trabajo Social con actividad asistencial. Será presidida por un licenciado en Medicina y su vicepresidente tendrá que tener la carrera de Derecho.

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