¿Pueden los padres perder la patria potestad de sus hijos menores si les pilla la Policía haciendo botellón?

Imagen de archivo de un botellón reciente de jóvenes en Madrid.
Imagen de archivo de un botellón reciente de jóvenes en Madrid.
EUROPA PRESS
Imagen de archivo de un botellón reciente de jóvenes en Madrid.

La Policía Municipal de Madrid ha advertido este jueves a los padres de menores de edad que si los agentes encuentran a estos a altas horas de la madrugada haciendo botellón mientras consumen bebidas alcohólicas en la vía pública se podrían enfrentar a la pérdida de la tutela o la patria potestad de sus hijos.

Ha sido en una entrevista en Telemadrid donde el comisario principal del cuerpo en la capital, José Luis Morcillo, ha afirmado que los Agentes Tutores están detectando muchos menores en los botellones de los fines de semana y que los padres les llaman preocupados a comisaría preguntando por el tipo de responsabilidad que puede asumir en caso de que intercepten a uno de sus hijos allí.

"Si encontramos a un menor en coma etílico, al padre le vamos a llamar para pedirle explicaciones. Lo pondremos en conocimiento de Fiscalía o del juez, que podría condenarle por un delito de abandono. Puede acarrear una multa o el escenario peor, en el que podrían perder la patria potestad o la tutela del niño porque la seguridad del menor puede quedar vulnerada", ha asegurado Morcillo.

"Los jueces pueden optar por esta resolución"

Expertos juristas consultados por 20minutos han explicado que evidentemente "los jueces pueden optar por esta resolución", aunque han precisado que para retirar la patria potestad a unos padres tienen que concurrir "situaciones extremas, reiterativas y perjudiciales" para el menor. No obstante, han apuntado a que sería más oportuno hablar de "suspensión más que de privación". 

José Luis Cembrano, vocal de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), sostiene que en su larga trayectoria profesional de más de 40 años no conoce "ningún caso" de este tipo, ya que estamos hablando de situaciones muy extremas, donde además de la reiteración en el consumo de alcohol en la calle se tienen que analizar otra serie de circunstancias determinar para la privación o suspensión de la patria potestad de los padres, como la situación familiar, la conducta social o el rendimiento escolar. 

"La Policía Municipal puede poner el hecho en conocimiento de la Fiscalía, que es la que debe defender los intereses del menor. Esta encargará entonces a los servicios sociales la elaboración de un informe que se trasladará al juez para que pueda decidir con más elementos de juicio. No obstante, para privar de la patria potestas a los padres se tienen que dar situaciones familiares muy extremas y demostrar de una forma efectiva", sentencia Cembrano. 

Causas para la extinción 

En el Código Civil, la extinción de la patria potestad viene recogida en el Capítulo IV del Título VII (De las relaciones paterno-filiales). El artículo 170 de la ley fundamental del derecho civil español reconoce la facultad de un juez para retirar a unos padres el derecho a decidir sobre sus hijos hasta que alcanzan los 18 años. 

"El padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de su potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial", indica el texto. 

No obstante, el mismo señala que "los Tribunales podrán, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patria potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación". 

Los otros motivos por los que se puede extinguir la patria potestad vienen recogidos en el artículo 169 y son la muerte o la declaración de fallecimiento de los padres o del hijo, la emancipación y la adopción del hijo.

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