Barcelona pone la primera multa por cobrar un alquiler por encima de lo que marca la ley catalana

<p>Un piso de alquiler de Barcelona.</p>
Un piso de alquiler de Barcelona.
ACN/Oriol Campuzano
<p>Un piso de alquiler de Barcelona.</p>

El Ayuntamiento de Barcelona ha puesto la primera multa a un propietario por cobrar un alquiler por encima de lo que marca la ley catalana de contención de rentas. Los inquilinos descubrieron que la empresa dueña del piso en el que viven y por el que pagaban 1.200 euros les estaba cobrando una renta superior a la del anterior contrato, que era de 950, algo que la ley aprobada en septiembre de 2020 -y que está recurrida por el Gobierno- no permite.

Y es que, en el caso de que la vivienda haya sido alquilada en los últimos cinco años, "cuando la renta del anterior contrato esté por debajo de lo que marca el Índice de referencia, a la renta del nuevo contrato se le aplicará la misma renta que constaba en el anterior contrato", señala el consistorio en una publicación en su web sobre la aplicación de la ley. 

Esta renta, añade, será "actualizada según el Índice de Garantía de Competitividad de los últimos cinco años". Sin embargo, señala, "como desde el 2015 este índice es negativo, en la práctica, la renta del nuevo alquiler será la misma que la del anterior. No se actualiza". Por otra parte, en el caso de que la renta del contrato anterior sea superior al índice, "el precio de la renta del nuevo contrato tiene que bajar, como mínimo, hasta el valor de este índice".

El Sindicat de Llogateres (Sindicato de Inquilinas), que ha asesorado y ayudado a los afectados, cuenta en un comunicado que, ante esta situación, los inquilinos interpusieron una denuncia ante el Ayuntamiento de Barcelona y, finalmente, la empresa propietaria del piso ha recibido una sanción. Ahora, además, exigen una reducción de 250 euros en el precio del alquiler para que el contrato se ajuste a la regulación y también la devolución de las cantidades pagadas de más durante los últimos meses. 

El cobro de los honorarios tampoco fue legal

Además de la irregularidad en el precio del alquiler, el comunicado detalla que los inquilinos también negociaron el retorno de los honorarios pagados a la agencia al descubrir que, pese a que el propietario había puesto su nombre en el contrato, realmente se trata de una empresa. Y es que, según marca el real decreto 7/2019 aprobado por el Gobierno, los honorarios los debe pagar el propietario cuando éste es una persona jurídica.

Pocas denuncias por incumplir la ley

El Sindicat de Llogateres señala que "es preocupante que el Ayuntamiento de Barcelona haya tardado más de un año en poner la primera multa por un precio superior al que marca la ley, pero aún lo es más que la Generalitat no haya puesto ni una". La entidad asegura que las sanciones por incumplir la regulación de los alquileres en Cataluña "han sido pocas" y que ésta ha sido la primera interpuesta a un arrendador por firmar un contrato con un precio superior al que marca la regulación. 

Detallan también que "tanto la Agencia Catalana de la Vivienda como el Ayuntamiento de Barcelona iniciaron expedientes sancionadores a arrendadores y a portales inmobiliarios que no informaban en sus anuncios del precio del índice y de las características de la vivienda", pero consideran que "la cifra es insuficiente". 

En este sentido, critican que "la falta de recursos y voluntad política a la hora de perseguir las infracciones en la regulación de alquileres deja la aplicabilidad de la ley en manos de los arrendadores y las inmobiliarias" y reclaman que los organismos competentes "se pongan las pilas para garantizar que la regulación de los alquileres es efectiva y se garantizan los derechos de los inquilinos".

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