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En qué tipo de productos se ha prohibido la publicidad para niños

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha anunciado este jueves la prohibición de la publicidad dirigida al público infantil menor de 16 años de edad de bollería industrial, galletas, helados, zumos u otro tipo de productos con una elevada cantidad de calorías y ricos en azúcares.

El objetivo del Gobierno con esta regulación en la publicidad es "defender" los intereses de los menores "frente a los de la industria alimentaria". En el caso de Espala, uno de cada tres niños y niñas tiene sobrepeso u obesidad, un problema que repercute en su óptimo desarrollo y crecimiento.

De esta manera, el ejecutivo aprobará un Real Decreto con esta medida, que entrará en vigor a partir de 2022, con el objetivo de limitar la publicidad de alimentos y bebidas perjudiciales para la salud de los más pequeños y fomentar así los hábitos alimenticios saludables.

¿A qué alimentos afectará esta medida?

Pero, ¿a qué productos irá dirigida esta prohibición? Las cinco categorías afectadas serán las siguientes: 

  • Confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. 
  • Pasteles, galletas, tartas y otros productos de pastelería.
  • Zumos.
  • Bebidas energéticas.
  • Helados.

Asimismo, no se podrán anunciar "bebidas, snacks o salsas con azúcares añadidos" o productos dulces preparados con más de 225 kilocalorías por cada 100 gramos. Para todos estos alimentos también se prohíbe la publicidad en todos los que contienen más de 0,1 gramos de sal por cada 100 gramos.

¿Cuándo tendrán que dejar de emitirse?

Los anuncios publicitarios de estos productos tendrán que dejar de emitirse en "cualquier programa emitido en horario de protección reforzada a menores", indican en Consumo. Tampoco podrán anunciarse en canales de televisión infantiles, en radios generalistas con elevada audiencia de menores de 16 años, en Internet, en redes sociales, en aplicaciones con contenidos, en medios impresos o en secciones dirigidas a este grupo de la población.

Esta medida afectará directamente a la televisión, ya que no se podrán emitir anuncios de lunes a viernes de 08.00 a 09.00 horas y de 17.00 a 20.00 horas, y sábados, domingos y festivos de 09.00 a 12.00 horas.

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