Qué requisitos se necesitan para solicitar la jubilación anticipada
- Solamente podrán acogerse a esta modalidad los trabajadores que cumplan los requisitos de edad y cotización.
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Actualmente, la edad de jubilación está fijada en los 65 años para quienes hayan cotizado 37 años y 3 meses o más, mientras que es de 66 años para los trabajadores que hayan cotizado menos de ese tiempo. Esto cambiará a partir de enero de 2022, momento en el que para jubilarse a los 65 años, habrá que haber cotizado un mínimo de 37 años y 6 meses.
Sin embargo, está la opción de jubilación anticipada, una posibilidad a la que pueden acogerse las personas que cumplan una serie de requisitos, como los que recoge la Seguridad Social.
Requisitos para la jubilación anticipada
Podrán acceder a esta modalidad de jubilación anticipada los trabajadores, incluidos en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad exigida que resulte de aplicación en cada caso.
- Encontrarse en alta o situación asimilada al alta.
- Acreditar un período mínimo de cotización efectiva de:
- 35 años, sin que se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias ni el abono de años y días de cotización por cotizaciones anteriores a 01-01-1967.
- Al menos 2 años de cotización deberán estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al momento de causar la jubilación o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
- En el caso de trabajadores por cuenta ajena agrarios, para acreditar el período mínimo de 35 años, será necesario que, en los últimos 10 años cotizados, al menos 6 correspondan a períodos de actividad efectiva en este sistema especial.
- En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, para acreditar el período mínimo de cotización de 35 años, se aplicarán las reglas establecidas en el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto.
"Una vez acreditados los requisitos generales y específicos, el importe de la pensión a percibir ha de resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad. En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación anticipada", explican desde la Seguridad Social.