El Supremo confirma 6 años de cárcel y 18 de inhabilitación al juez que prevaricó contra Rosell cuando era diputada de UP

La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell
La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell.
EUROPA PRESS - Archivo
La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de seis años y medio de prisión y 18 años de inhabilitación que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias impuso al juez Salvador Alba, a quien condenó en 2019 por delitos de prevaricación, cohecho y falsedad en documento público por haber empleado una investigación judicial para perjudicar a Victoria Rosell, que era diputada de Unidas Podemos en el momento de los hechos.

El Supremo, según hizo público este jueves, también confirma que Alba debe pagar una multa de 12.000 euros y una indemnización de 60.000 euros a Rosell, que actualmente es Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, un cargo dependiente del Ministerio de Igualdad que dirige Irene Montero. El tribunal ha desestimado el recurso del condenado y también el de Rosell –al que se adhirió Podemos–, que pedía incrementar la pena a 10 años.

Declaraciones de la ministra de Igualdad, Irene Montero, tras la condena al juez Salvador Alba.

El Alto Tribunal ha concluido que Alba utilizó "un procedimiento penal para alcanzar finalidades ajenas" al mismo y "perjudicar el prestigio" de la juez Rosell. En este sentido, ha considerado probado que el condenado se reunió en su despacho con un investigado a quien le prometió que le libraría de una investigación a cambio de que aportara información y documentación a la causa para afectar a Rosell.

La Sala de lo Penal ha estimado que la intención de Alba "no era recibir declaración al imputado, lo que también tendría lugar, sino crear y aprovechar una ocasión para introducir en la causa aquellos datos que pudieran perjudicar el crédito o el prestigio de la anterior juez de instrucción".

Entre las alegaciones expuestas en su recurso, Alba denunció una supuesta vulneración de su derecho a la presunción de inocencia y a un proceso con todas las garantías, al haberse valorado como prueba de cargo un archivo de audio procedente de una grabación que a su juicio incumple los requisitos legales y jurisprudenciales exigidos para su validez.

El Supremo ha desestimado sus argumentos. "No se aprecia vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías ni del derecho a la presunción de inocencia", ha señalado.

Por su parte, Rosell y Podemos habían pedido al Alto Tribunal que aumentara la pena de prisión de Alba a 10 años. Estimaron que los hechos relativos a los dos informes remitidos por el acusado al Consejo General del Poder Judicial deben considerarse constitutivos de un delito de falsedad.

La Sala ha concluido que la conducta de Alba en dicho caso no puede ser considerada delito. "Los juicios, pareceres o impresiones -recogidos en dichos informes- pueden ser acertados o erróneos, compartibles o rechazables, pero no admiten la calificación de ciertos o falsos", ha añadido.

En la vista de alegaciones, la letrada de Podemos y el letrado de Rosell defendieron también que había "pruebas suficientes" para entender que Alba facilitó al redactor de una querella del exministro José Manuel Soria contra Rosell la información que había conseguido del investigado. Por ello pidieron que se añadiera a su condena el delito de revelación de secretos.

El Supremo ha desestimado esta petición bajo el mismo argumento de que no es posible rectificar los hechos probados para "empeorar" la situación jurídica de Alba.

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