El varapalo del TJUE a Hacienda sobre la declaración de bienes en el exterior abre la puerta a una devolución millonaria

Declaración de la Renta, IRPF, borrador.
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Declaración de la Renta, IRPF, borrador.

La justicia europea ha asestado un duro golpe a España al considerar que la legislación que obliga a declarar a los residentes en nuestro país aquellos bienes por valor superior a 50.000 euros que poseen en el extranjero es "contraria al Derecho de la Unión". El Gobierno estima que desde la entrada en vigor de la norma en 2013 se han impuesto multas por una cuantía de unos 230 millones de euros, por lo que se abre la puerta a una devolución millonaria. 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) explica en una nota de prensa que el intento de hacer aflorar "ganancias patrimoniales no justificadas (dinero negro)" puede ser lícito para luchar contra el fraude y la evasión fiscal pero que en este caso las leyes españolas van "más allá de lo necesario", son "desproporcionadas" y menoscaban la libre circulación de capitales en la Unión Europea

El alto tribunal llama la atención fundamentalmente sobre dos aspectos que tendrán que ser modificados en la normativa vigente: la prescripción de los delitos contra la hacienda pública y la dureza de las sanciones. 

Por un lado, Europa considera que las normas establecidas por el legislador español impiden al contribuyente "ampararse en la prescripción", es decir: en la extinción del delito pasado el tiempo establecido por las leyes. Esta situación permite en la práctica a “la Administración tributaria proceder sin limitación temporal a la regularización del impuesto adeudado", lo que "vulnera la exigencia fundamental de seguridad jurídica". 

La justicia europea, por otra parte, afirma que las sanciones vigentes a los residentes fiscales en España por la falta de presentación o cualquier otra anomalía en relación a sus bienes en el exterior son "muy elevadas". 

"Su importe no guarda proporción alguna con el de las multas que sancionan el incumplimiento de obligaciones similares en un contexto puramente interno en España", sentencia. Y añade: "Por consiguiente, esas multas pecuniarias fijas establecen una restricción desproporcionada de la libre circulación de capitales".

El importe de estas multas varía desde los 1.500 -por ejemplo por no presentar el modelo por medios telemáticos y hacerlo en papel- a los 10.000 euros -por presentar fuera de plazo la declaración-, según los casos. Estas multas fijas por no presentar correctamente la declaración o hacerlo tarde pueden verse incrementadas con una sanción del 150% del importe que correspondería pagar al contribuyente en caso de que aflorasen ganancias no declaradas. 

El modelo 720 no se elimina pese a la sentencia

El formulario que exige a los ciudadanos a informar sobre los bienes en el extranjero es el modelo 720, impulsado por el exministro de Hacienda Cristóbal Montoro durante el mandato del popular Mariano Rajoy (2011-2018). La medida nació como un complemento a la amnistía fiscal de 2012 y seguirá vigente.

"La obligación de la declaración de declarar los bienes en el exterior no se elimina con la sentencia. Lo que se elimina es la prescripción y el catálogo de sanciones que lleva aparejado", afirma José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha).

Esta sentencia abre ahora la puerta para que los contribuyentes afectados  puedan reclamar el dinero de las sanciones, con los correspondientes intereses de demora. En principio, se podrían estudiar dos opciones: pedir la devolución a Hacienda por ingresos indebidos; o reclamar la responsabilidad patrimonial al Estado por contar con una legislación que va contra ley europea.

"Hasta que se publique la sentencia, porque ahora lo que ha salido ahora es el avance en una nota de prensa, hay que esperar para tomar una decisión sobre la mejor forma de reclamar, eso sí, siempre y cuando la multa se haya impuesto en los cuatro últimos años. Si se ha producido más allá estaría prescrita y no se podría hacer nada", precisa Ricardo Perpiñán, portavoz de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget).  

Multas por valor de 230 millones de euros

Este jueves, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha avanzado que el Gobierno modificará en breve el modelo 720 y ha asegurado que la intención del Ejecutivo es aprobar la modificación de la norma antes de que termine el plazo de presentación de este ejercicio, el 31 de marzo, y que para ello se aprovechará alguna de las leyes actualmente en tramitación.

Asimismo, Montero ha apuntado que cada año se presentan unas 60.000 declaraciones y que desde la puesta en marcha del modelo en 2013 se han declarado bienes por unos 225.200 millones de euros.

Con respecto a las sanciones, el Ejecutivo estima que desde su puesta en marcha se han impuesto multas por valor de unos 230 millones de euros, por lo que ahora "habrá que ver a quién afecta la letra pequeña de la sentencia", es decir, si habrá que devolver todo ese importe o solo una parte.

El caso del modelo 720 se remonta a 2015, cuando la Comisión Europea decidió expedientar a España por exigir a los contribuyentes residentes que notifiquen las propiedades, cuentas bancarias o activos financieros que tengan en el extranjero. La falta de soluciones llevó a Bruselas a elevar el caso ante la Justicia europea en junio de 2019.

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