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La ofensiva judicial de PP y Vox contra Batet llevará meses y dependerá de las mayorías en el Tribunal Constitucional

La presidenta del Congreso, Meritxell Batet (c) junto al vicepresidente primero, Alfonso Rodríguez Gómez (i).
EFE

El Partido Popular y Vox acaban de anunciar una ofensiva judicial por la polémica votación de la reforma laboral el pasado jueves en el Congreso. Aún a falta de concretar las vías que utilizarán, su objetivo común es impugnar la actuación de la presidenta de la Cámara, Meritxell Batet, pero el camino se avecina largo y arduo, no sólo por la complejidad jurídica que entraña todo este asunto, sino porque los tiempos de la justicia no son los de la política. 

Las consecuencias de todo lo ocurrido, por tanto, se conocerán en meses o más de un año, pues el Tribunal Constitucional no se caracteriza por la rapidez en la toma de decisiones. Esta circunstancia, unida a la renovación de este órgano judicial que debería acometerse en unos meses, podría resultar determinante a la hora de inclinar la balanza de uno u otro lado.

Tanto los de Pablo Casado como los de Santiago Abascal han adelantado que recurrirán en amparo ante el Constitucional, pero el camino que seguirán sus recursos, a diferencia de lo que podía parecer en un principio, no irá dirigido a discutir el voto erróneo del diputado Alberto Casero -se pronunció a favor de la reforma laboral en lugar de en contra, como el resto de su grupo-, sino la posición adoptada por Batet.

En concreto, por la decisión de la presidenta del Congreso de no convocar a la Mesa cuando el Grupo Popular advirtió del error del voto alegando un incidente informático. El PP alega que tanto sus representantes en el órgano de gobierno de la Cámara como el de Vox reclamaron una reunión de la Mesa que finalmente no se produjo.

Aquí es donde está la discusión jurídica y las cosas se empiezan a complicar. ¿Debió Batet reunir a la Mesa? ¿Está obligada a ello o es su competencia exclusiva tomar la decisión?

¿Qué recorrido tiene la prevaricación?

Tanto PP como Vox han abierto la vía para ir al Constitucional en amparo, el recurso que se puede presentar ante este tribunal por posible vulneración de derechos fundamentales. En su caso, los de sus grupos parlamentarios por no convocarse la reunión de la Mesa que solicitaban. Pero también han abierto la puerta a una querella por prevaricación. El líder de los 'populares', Pablo Casado, así lo indicó el pasado viernes. Esta vía incluiría al Tribunal Supremo, el órgano ante el que Batet está aforada.

La prevaricación es un delito contemplado en el Código Penal que castiga a aquellas autoridades o funcionarios públicos que dicten una resolución injusta a sabiendas de que es injusta. La pena que se contempla es la inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años.

Como en todas las causas judiciales, la diferencia en las versiones acerca de lo ocurrido será utilizada por unos y otros para defender su postura ante lo que ocurrió el pasado jueves. Fuentes de la Mesa del Congreso consultadas por 20Minutos cuentan que "varios diputados" se dirigieron a la presidenta para informarle de que había habido un error informático. Siempre según su versión, lo hicieron alrededor de las 18.15 horas, minutos antes de comenzar la votación presencial. 

Tal y como declaran las mismas fuentes, los letrados de la Cámara comprobaron que no había tal error, por lo que Batet hizo caso omiso a la petición de reunirse de PP y Vox. Lo confirmó la propia presidenta cuando la portavoz 'popular', Cuca Gamarra, pidió la palabra antes de que finalizara el Pleno: "La Mesa es conocedora y ha podido analizar lo que usted va a plantear". En este punto, lo que dichas fuentes consultadas no aclaran es si es obligatorio que la Presidencia del Congreso deba convocar a la Mesa si así lo solicitan grupos que forman parte de la misma.

En el Reglamento de la Cámara Baja, eso sí, se expone que la competencia de dicha convocatoria es de la presidenta. "La Mesa se reunirá a convocatoria del presidente", señala el artículo 35.1.

El PP denuncia su ausencia en la verificación

En el PP discrepan. Tal y como han explicado fuentes de este grupo parlamentario, los miembros de la Mesa Ana Pastor y Adolfo Suárez Illana no estuvieron en la verificación que, según Presidencia, se hizo sobre el voto de Alberto Casero, por lo que, según concluyen, la Mesa como órgano no era conocedora porque no se reunió oficialmente. 

El profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla y ex letrado del Tribunal Constitucional Joaquín Urías ve pocas probabilidades de que los recursos de PP y Vox triunfen. Y es que, según explica en una conversación con este periódico, el Grupo Popular deberá demostrar que realmente hubo un fallo informático “y que ese problema hizo que la voluntad del diputado no se trasladó a la Cámara, lo que podría hacer que se repitiera la votación”.

En este sentido, Urías recuerda que otra de las explicaciones del PP al voto de Casero es que los servicios jurídicos del Congreso no le llamaron para confirmar que había votado, pero esto, que sí era una de las reglas en 2012, se cambió tras la llegada de la pandemia. “Creo que el Constitucional desechará los recursos porque ninguno de los errores que han enumerado han deslegitimado el voto, porque él sí votó”, concluye.

Otra de las claves a tener en cuenta en el recorrido judicial que parece que van a iniciar PP y Vox es que la composición que tendrá el Tribunal Constitucional cuando tenga que resolver sobre los recursos de amparo. El órgano lo componen doce miembros y en la actualidad la mayoría es conservadora, pero su renovación -con cuatro candidatos propuestos por el Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)- se debería acometer el mes de junio.

Si todo se hace en tiempo y forma, la balanza se podría invertir y que la sensibilidad mayoritaria de los magistrados pasara a ser progresista. Todo depende de si para entonces el CGPJ puede hacer nombramientos discrecionales, pues una ley que está recurrida ante el mismo Constitucional lo impide.

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