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España amplía la restricción temporal de viajes no esenciales desde terceros países a la UE hasta el 30 de abril

El Boletín Oficial del Estado prorroga hasta el 30 de abril la restricción temporal de viajes no esenciales desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

Esta prorroga será vigente hasta las 24.00 horas del 30 de abril de 2022, a pesar de poder estar expuesta a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito de la Unión Europea.

La Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo, de 30 de junio, ha sido modificada en sucesivas ocasiones para adaptar el listado de terceros países a las circunstancias epidemiológicas o establecer cambios en los criterios aplicados. No obstante, este listado de países no se ha modificado aunque se espera su disolución definitiva en mayo.

Una restricción temporal 

En España las modificaciones se aplican mediante la Orden INT/657/2020, de 17 de julio. Esta Orden, permite modificar los criterios utilizados para establecer una restricción temporal de viajes no imprescindibles, desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen, en un contexto de salud pública como es la crisis de la Covid-19.

Por lo tanto, al no haber variado la Recomendación del Consejo, se prorrogará durante un mes los efectos de la Orden INT/657/2020, que finaliza el 31 de marzo. Todo ello, pese a la posibilidad de modificar cualquiera de sus artículos antes de ese plazo si las circunstancias epidemiológicas variasen.

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