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La vuelta a la normalidad está más cerca que nunca. El Consejo de Ministros aprobará este martes 19 de abril el fin de la obligatoriedad de llevar mascarilla en espacios públicos cerrados, una medida que entrará en vigor el miércoles 20 de abril.
Tras las vacaciones de Semana Santa, se aprobará este Real Decreto que se publicará el miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y, a la espera de conocer más detalles, se eliminará el uso de mascarillas en interiores, salvo en determinados contextos.
Fin de las mascarillas en interiores: todas las claves explicadas en este vídeo
¿Dónde seguirá siendo obligatoria?
"Las mascarillas dejarán de ser obligatorias en interiores, salvo en algunos supuestos en los que nos parecen absolutamente imprescindibles", explicaba la ministra de Sanidad, Carolina Darias, durante la celebración del Consejo Interterritorial de Salud.
Transporte público, oficinas, gimnasios, restaurantes... ¿En qué casos dejará de ser obligatoria? El uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio en centros sanitarios, hospitales, centros sociosanitarios, residencias y en el transporte público. Por tanto, tanto los trabajadores como los usuarios deberán seguir llevando la mascarilla.
¿Y en el trabajo? En estos casos, apuntaba la ministra de Sanidad, tendrán que ser los servicios de prevención de riesgos laborales de la empresa los que tengan que decidir qué medidas adoptar. En cambio, todo parece indicar que dejará de ser obligatoria en el interior de bares y restaurantes, aunque sí sería una recomendación si no se puede guardar la distancia de seguridad.
Asimismo, Darias ha explicado en una entrevista para 'El País' que las mascarillas tendrán que seguir llevándose también en establecimientos farmacéuticos y ha abogado por un "uso responsable", aunque no sea obligatoria en todos los espacios.
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