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Si estás contagiado en el lugar de trabajo: ¿te pueden obligar a llevar mascarilla?

Este miércoles 20 de abril se publicaba el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad en el uso de mascarillas en interiores. Así, deja de ser obligatoria en prácticamente todos los espacios cerrados, salvo en determinados supuestos. 

Las personas de seis años en adelante sí deberán portar el cubrebocas en determinados espacios, como centros, establecimientos y servicios sanitarios; centros sociosanitarios (como residencias), y en los transportes públicos. Aunque deja de ser obligatorio el cubrebocas en los andenes y en las estaciones de transporte.

¿Quién decide en el entorno laboral?

En este sentido, deja de ser obligatoria en el interior de supermercados, centros educativos, tiendas, teatros, cines, centros comerciales, restaurantes o discotecas. Pero, ¿qué sucede en el entorno laboral? ¿Pueden las empresas obligar a sus trabajadores a llevarla como elemento de prevención?

La Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha realizado "una evaluación de riesgo y ha formulado recomendaciones específicas de uso de mascarillas para diferentes ámbitos y personas", detalla la normativa.

En este sentido, se establecen los ámbitos mencionados anteriormente donde la mascarilla continuará siendo obligatoria y se recomienda para todas las personas con una mayor vulnerabilidad su uso "en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros". 

En el entorno laboral y con carácter general, salvo en las excepciones detalladas en la ley, "no resultará preceptivo el uso de mascarillas". Sin embargo, serán los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, según la correspondiente evaluación de riesgos en el puesto, los que "podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deben implementarse". 

Esto incluiría "el posible uso de mascarillas,  si así derivara de la referida situación", por lo que estar contagiado con covid sí podría suponer un motivo para que los servicios de prevención de riesgos laborales de la empresa establezcan la obligación de portar mascarilla durante el periodo de cuarentena.

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