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El Gobierno indulta a María Sevilla, presidenta de Infancia Libre, condenada por no entregar a su hijo al padre como le exigía la Justicia

La expresidenta de Infancia Libre María Sevilla
EUROPA PRESS - Archivo

El Gobierno ha concedido el indulto parcial a la expresidenta de la asociación Infancia Libre María Sevilla Sánchez, condenada en 2020 a dos años y cuatro meses de cárcel por un delito de sustracción de menores (en concreto de su hijo) y la pérdida de la patria potestad durante cuatro años.

Según el real decreto que publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE), la decisión se acordó en el Consejo de Ministros de este martes, a propuesta de la titular de Justicia, Pilar Llop. Y se ha hecho "atendiendo a las circunstancias de la condenada" y de acuerdo con la información que obra en el expediente de indulto, circunstancias que han llevado a determinar que "concurren razones de justicia y equidad" para su liberación.

Sustracción de menores

"Vengo en conmutar a doña María Sevilla Sánchez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión", señala el decreto que suscribe la ministra de Justicia, con lo que puede evitar la cárcel.

Igualmente, el Ejecutivo ha decidido conmutar la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad de su hijo por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad, con la condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de 4 años.

Los hechos ocurrieron en 2017 cuando la expresidenta de Infancia Libre desapareció con su hijo mayor después de que un juzgado le hubiera concedido la custodia del menor al padre del mismo, que había sido denunciado por abusar sexualmente del niño, algo que no fue probado por el juzgado, que archivó la causa. 

La Fiscalía defendió rebajar la pena de cárcel y fijarla "exclusivamente" en dos años al considerar que se trataba del primer delito por el que Sevilla fue condenada

María Sevilla fue detenida el 30 de marzo de 2019 en una finca de Villar de Cañas (Cuenca) —donde residía con sus dos hijos y a los que tenía sin escolarizar— por un presunto delito de sustracción de menores tras incumplir una sentencia que otorgaba la custodia al padre de su hijo. Desde entonces, el menor convive con el padre.

El Ministerio Fiscal defendió rebajar la pena de cárcel y fijarla "exclusivamente" en dos años de prisión al considerar que se trataba del primer delito por el que Sevilla fue condenada, aunque se opuso al indulto total por la "contumacia en impedir la relación entre padre e hijo" y en "desoír las resoluciones judiciales dictadas que la obligaban a facilitar y restablecer dicha relación".

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