Cuándo acaba el plazo para instalar los contadores de calefacción central en las comunidades de vecinos

El precio de la calefacción central
El precio de la calefacción central
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El precio de la calefacción central

Algunas comunidades de propietarios con sistemas de calefacción y refrigeración central ya han tenido que acometer la instalación de contadores individuales para la contabilización de los consumos individuales de cada vivienda, tal y como recoge el Real Decreto 736/2020. 

Esta normativa establece la obligación de "instalar contadores individuales que midan el consumo de energía térmica de cada consumidor, siempre que sea técnicamente viable y económicamente rentable". Según la ley impulsada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Democrático, 1,4 millones de viviendas en el país se verán afectadas.

Fechas límite para la instalación de contadores

El plazo para llevar a cabo las modificaciones varía según el número de viviendas que tenga el edificio y de la zona geográfica en la que se encuentre. En determinados casos ya se ha acabado el plazo, mientras que otras comunidades tendrán hasta mediados de 2023 para llevar a cabo la instalación. 

La ley establece que las viviendas que se encuentren en las zonas más cálidas de España están exentas de aplicar estos cambios: las islas, zona de Levante, Guadalquivir, Ceuta y Melilla (definidas en el Código Técnico de la Edificación como α, A y B). También estarán excluidas las viviendas en edificios construidos a partir de 1998, puesto que están regulados por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).

Como recoge la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), el primer paso ha sido solicitar un presupuesto para la instalación para comprobar la viabilidad económica. Si esta evaluación es positiva, esto es, si se compensa el coste con el ahorro de energía en un periodo de cuatro años, se debe proceder a la instalación de los contadores y tener el sistema activo en un plazo de 15 meses.

Estos son los plazos establecidos y la fecha máxima para la instalación:

  1. Para edificios de la zona climática E (algunas zonas de Castilla y León como Ávila, Burgos, Soria o León) con 20 o más viviendas: el plazo máximo para su instalación era el 1 de mayo de 2022.
  2. Para edificios en la zona climática E, de menos de 20 viviendas, y en la zona climática D (Madrid, resto de Castilla y León, Aragón, Navarra, La Rioja, parte de Castilla- La Mancha, Lugo, Lérida), para edificios de 20 o más viviendas: el plazo máximo para su instalación era el 1 de octubre de 2022.
  3. Para edificios en la zona climática D, con menos de 20 viviendas, y en la zona climática C (Barcelona, Gerona, litoral Norte, Extremadura, parte de Andalucía, Toledo), con 20 o más viviendas: el plazo máximo para su instalación es el 1 de marzo de 2023.
  4. Para edificios en la zona climática C con menos de 20 viviendas: el plazo máximo para su instalación es el 1 de mayo de 2023.
20minutos

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