Madrid

Los gritos machistas del Colegio Mayor Elías Ahúja, objeto de una investigación por delito de odio con escaso recorrido jurídico

"¡Salid de vuestras madrigueras, conejas!", "putas ninfómanas!". Estos son algunos de los gritos machistas que los estudiantes universitarios del Colegio Mayor masculino Elías Ahúja de Madrid profirieron el pasado domingo contra las residentes del centro femenino Santa Mónica, ubicado enfrente. El vídeo ha corrido como la pólvora hasta el punto de que la Fiscalía de Madrid ya ha anunciado que investigará los hechos para esclarecer la presunta comisión de un delito de odio. Sin embargo, expertos jurídicos consultados por 20minutos auguran escaso recorrido a dicha investigación. 

"Veo difícil que, con la legislación actual, pueda acabar en una condena por un delito de odio", asegura la fiscal especializada en violencia de género Susana Gisbert. "Tengo clarísimo que los hechos son reprochables y deleznables, pero que sean un delito de odio plantea dudas", señala.

Gisbert se muestra reticente ante la posibilidad de que los gritos de los estudiantes del colegio mayor madrileño constituyan un delito por incitación al odio o como acto de humillación, ya que, para que eso ocurra, debe "incitarse a que otras personas cometan ese delito", algo que, en su opinión, no se percibe en las imágenes.

En este sentido, el catedrático de Derecho Penal Jacobo Dopico tampoco vaticina recorrido alguno a la investigación de la Fiscalía de Madrid. "No puede tratarse de un delito de incitación al odio, la violencia o la discriminación, puesto que no se trata de una conducta que promueva la actuación delictiva de nadie, ni siquiera de manera indirecta", explica el profesor de la Universidad Carlos III de Madrid, quien también descarta la posibilidad de considerarlo un acto de humillación contra un determinado colectivo. "El mero hecho de que se expresen insultos colectivamente contra un concreto grupo de personas, ni siquiera contra todo un colectivo, no puede ser considerado como un delito de incitación al odio", insiste.

De hecho, Dopico advierte de la "extraordinaria banalización" que se está produciendo de este tipo de delitos. En la misma línea, Gisbert, si bien reconoce que "está bien que se investiguen" los hechos, aclara que "el delito de odio tiene unas características muy concretas en el Código Penal y no cualquier acto de discriminación u odio reúne esas características". 

Así pues, el artículo 510 del Código Penal, en virtud del cual el Movimiento contra la Intolerancia ha denunciado los gritos machistas, establece penas de uno a cuatro años y multas de seis a doce meses para "quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia" contra un grupo o una persona por su pertenencia a él, por cualquier tipo de discriminación. "Son conductas que se ubican en la antesala de la violencia contra colectivos", señala el catedrático de Derecho Penal, que aclara que "no deben confundirse con la expresión, por cruda y rechazable que sea, de machismo". 

En referencia a los gritos del Colegio Mayor Elías Ahúja, Dopico afirma que "podrán merecer valoraciones negativas de muchos tipos, pero no penales". "La pretensión de que todas las reglas de una sociedad sean leyes penales es muy preocupante, hay conductas que sin ser delito pueden merecer el más rotundo rechazo", matiza. "Pretender que todo aquello que nos parece humanamente rechazable deba tener el respaldo del Código Penal supone defender que en la sociedad no hay más que lo correcto y lo punible", subraya.

Redactora '20minutos'

Graduada en Periodismo y Ciencia Política por la Universidad Rey Juan Carlos. En 20minutos desde 2022, primero en la sección de Última Hora y actualmente en Nacional. Escribo sobre todo de economía, aunque también he cubierto la actualidad política.

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