¿Eres una de estas personas? No podrás jugar en la Lotería de Navidad 2022

Turistas y madrileños compran lotería de navidad en Doña Manolita
Turistas y madrileños compran lotería de navidad en Doña Manolita
Europa Press
Turistas y madrileños compran lotería de navidad en Doña Manolita

Se acerca el mes de diciembre, mes navideño, en el que una de las tradiciones para muchas familias es ver juntos el sorteo de la Lotería de Navidad, que tiene lugar cada año el día 22 de diciembre. 

Así, ya son muchos los que se están haciendo con los décimos de sus números favoritos para tratar de llevarse el premio Gordo, que supone una cantidad de 400.000 euros por décimo ganador. 

Sin embargo, hay que tener en cuenta que no todo el mundo puede participar, según la regulación del juego aprobada en nuestro país, que deja fuera a algunas personas.

Personas que no pueden jugar la Lotería de Navidad

Según la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, se prohíbe la participación en los juegos, incluyendo la Lotería de Navidad, a: 

  • Los menores de edad.
  • Los incapacitados legalmente o por resolución judicial, de acuerdo con lo que establezca la normativa civil.
  • Las personas que voluntariamente hubieren solicitado que les sea prohibido el acceso al juego o que lo tengan prohibido por resolución judicial firme.
  • Los accionistas, propietarios, partícipes o titulares significativos del operador de juego, su personal directivo y empleados directamente involucrados en el desarrollo de los juegos, así como sus cónyuges o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado, en los juegos que gestionen o exploten aquéllos, con independencia de que la participación en los juegos, por parte de cualquiera de los anteriores, se produzca de manera directa o indirecta, a través de terceras personas físicas o jurídicas.
  • Los deportistas, entrenadores u otros participantes directos en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta. (Este caso no se aplica al sorteo de Navidad, sino a otros eventos de juego, como los de la hípica, por ejemplo).
  • Los directivos de las entidades deportivas participantes u organizadoras respecto del acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta.
  • Los jueces o árbitros que ejerzan sus funciones en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta, así como las personas que resuelvan los recursos contra las decisiones de aquellos.
  • El Presidente, los consejeros y directores de la Comisión Nacional del Juego, así como a sus cónyuges o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado y a todo el personal de la Comisión Nacional del Juego que tengan atribuidas funciones de inspección y control en materia de juego.
  • Cualesquiera otras personas que una norma pueda establecer.
20minutos

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