Qué es la tramitación de urgencia del grado de discapacidad y en qué casos se podrá solicitar

  • La ley establece que algunos colectivos puedan ser valorados de manera urgente, como los pacientes con algunas enfermedades, mujeres víctimas de violencia de género o personas que provengan de desastres naturales o guerras. 
Una mujer en silla de ruedas.
Una mujer en silla de ruedas.
GTRES
Una mujer en silla de ruedas.

En abril del próximo año, seis meses después de su aprobación en Consejo de Ministros, entra el vigor la ley por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Se trata de una ley muy esperada por el mundo de la discapacidad, que llevaba años reclamando unos baremos más acordes a la realidad de las personas con discapacidad.

Son muchas las novedades que introduce con respecto a ley de 1999, y una de ellas es la posibilidad de tramitar de urgencia la petición de solicitud del grado de discapacidad en algunos casos concretos. Este trámite de urgencia promete reducir a la mitad el tiempo de espera de determinados colectivos que, según aseguraba la propia Ione Belarra en la presentación de la ley, "hay personas como los y las pacientes de ELA que no pueden esperar".

La ley, establece, literalmente, que la Administración competente "pueda acordar la tramitación urgente del procedimiento de reconocimiento de grado de discapacidad (…) cuando concurran razones de interés público que así lo aconsejen, entre otras las relacionadas con la salud, la violencia de género, la esperanza de vida u otras de índole humanitaria. La tramitación por vía de urgencia implicará que los plazos establecidos para la realización de los trámites del procedimiento reducirán a la mitad su duración".

Se trata, por tanto, de una primera descripción, pero que deja muchas dudas en el aire, pues salvo en el tema de la violencia de género y el ELA al que hacía referencia la ministra, no establece circunstancias concretas en las que se podrá aplicar.

A la espera de que estas circunstancias se definan más, Ruth Vidriales, presidenta de la comisión del baremo de la discapacidad del CERMI, nos explica en qué consiste este trámite y en qué casos podría llevarse a cabo.

Qué condiciones de salud justificarían la urgencia

La ELA al que hace referencia Belarra es un ejemplo paradigmático de los pacientes que no pueden esperar a tener reconocido el grado de discapacidad. Se trata de un colectivo que llevaba años reclamándolo, pues se trata de una enfermedad neurodegenerativa, que no solo deteriora muy seriamente el estado de salud y la autonomía de la persona, sino que lo hace de manera muy rápida.

Aunque no de un modo tan drástico, hay una serie de enfermedades que podrían meterse dentro de este ‘saco’, como serían "otros trastornos neurodegenerativos (Parkinson, Huntington, Alzheimer…) que en un momento dado puedan hacer que el deterioro de las condiciones de salud sea muy rápido y afecte rápidamente a la autonomía y a las necesidades de apoyo en la vida diaria", afirma Ruth, "también las que cursan con brotes -como puede ser la esclerosis múltiple- y/o comprometen el desarrollo funcional de la persona o la esperanza de vida".

Situaciones y circunstancias sociales especiales

La ley contempla que, independientemente de la causa sanitaria que provoque la discapacidad o de la gravedad de esta, hay circunstancias en las que las personas se encuentran en una situación especialmente vulnerable que justificaría acelerar ese reconocimiento de la discapacidad. La ley hace referencia expresa a las mujeres víctimas de violencia de género, pues según la última Macroencuesta de Violencia contra la Mujer, el 17,5 % de las que tienen una discapacidad, la tienen precisamente a raíz de esta situación de maltrato.

Otras circunstancias que podrían justificar este trámite de urgencia son haber sido víctimas de catástrofes humanitarias o guerras, como podría ser, por ejemplo, una refugiado que ha resultado herido en la guerra de Ucrania.

Los niños, entre los colectivos que ‘no pueden esperar’

O al menos no deberían hacerlo, como asegura Ruth Vidriales, pues, aunque no se hace referencia a ellos expresamente, la realidad es que si hay un colectivo que no puede esperar son los niños pequeños, especialmente aquellos que requieren atención temprana. Los primeros años en la vida de un niño con algún tipo de trastorno en el desarrollo son vitales para que pueda desarrollar todo su potencial y, en muchos casos, para minimizar o incluso evitar una discapacidad en la edad adulta.

Incluir a los niños podría ser muy beneficioso para acortar los plazos para acceder a la atención temprana 

Sin embargo, la realidad es que, aunque depende de cada comunidad autónoma, los trámites se alargan mucho, pues para solicitarla, se requiere tener revisado el grado de discapacidad. Una vez revisado, se pone al niño en lista de espera. Los dos trámites puedes llevar muchos meses, e incluso más de un año, algo inconcebible en un niño que requiere atención temprana, pues el tiempo perdido no se recupera. Incluir directamente a los niños, o incluso bebés, en este trámite de urgencia ante la mínima sospecha de que pudiera tener un trastorno del desarrollo o inmediatamente después a un diagnóstico, "podría ser muy beneficioso porque podrían acortarse los plazos para acceder al sistema", según comenta Ruth.

Aún queda mucho por definir

Sin embargo, en muchos casos, esto son todavía deducciones o incluso especulaciones, pues en la práctica, Ruth Vidriales reconoce que "no está todavía muy claro cómo se va a aplicar en la práctica. De momento lo que hay es una descripción general, no una especie de listado único, así que habrá que ir valorando caso a caso si la persona se puede acoger a ese trámite de urgencia". Aun así, ella espera que, durante los meses que quedan para que se aplique la ley, se vayan aclarando algunos conceptos y definiendo más los casos en los que se puede aplicar, "yo creo que, a medida que vaya aplicándose el baremo, se irán aclarando los casos concretos en los que podrán establecerse. Esto es probable que se haga en la comisión interterritorial de la aplicación que tiene Imserso con las comunidades autónomas, que es donde se podrán analizar supuestos o situaciones concretas que no estaban contempladas inicialmente o que puedan ser susceptibles de analizarse para establecer un criterio común".

Creo que, a medida que vaya aplicándose el baremo, se irán aclarando los casos concretos en los que podrán establecerse

Además, si algo espera Ruth es que esta ley sirva para unificar criterios y que no se produzcan las discrepancias, que, a día de hoy, siguen existiendo entre unas comunidades y otras, "los casos llegan a los equipos de valoración. Entiendo que harán un primer filtro y que, en caso de duda, se trasladará a nivel de equipo de orientación o de la comunidad autónoma y a veces llegan a esa comisión de la que te hablaba", aclara. 

Sin embargo, desde el Ministerio apuntan a que se dejará bastante a criterio del equipo de valoración.

Mientras se van matizando estas cuestiones, Ruth quiere recalcar la importancia de la aprobación de esta ley, pero también que, para que sea una realidad, requerirá de un gran esfuerzo en los próximos meses, "ahora se tiene que trasladar de una manera homogénea a los territorios y a la realidad, hay que formar a los equipos de valoración, actualización del conocimiento… Un despliegue que garantice que, de verdad, está siendo efectiva, porque las diferencias entre comunidades han sido brutales hasta ahora", concluye. 

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