El Gobierno prevé limitar a ocho horas el tiempo que los bomberos forestales pueden trabajar directamente frente a las llamas

Un bombero observa las llamas del incendio de Quintanilla del Coco, en Burgos, en una imagen de archivo.
Un bombero observa las llamas del incendio de Quintanilla del Coco, en Burgos, en una imagen de archivo.
EFE
Un bombero observa las llamas del incendio de Quintanilla del Coco, en Burgos, en una imagen de archivo.

"Bomberos exhaustos". Si repasamos la prensa española del verano pasado, con el país azotado por grandes y duraderos incendios, es frecuente esta expresión para referirse a los profesionales que lucharon contra el fuego durante jornadas interminables. El Gobierno regulará este martes el tiempo máximo que los bomberos puedan pasar luchando directamente contra el fuego no supere las ocho horas. Su jornada será de un máximo de 10 horas cuando parte de ese tiempo estén descansando o el labores de vigilancia en condiciones "ordinarias" y podrá alargarse en estas circunstancias hasta las 12 ó 14 horas cuando el fuego esté en fase de ser controlado.

Estos plazos figuran en un borrador del Estatuto Básico del Personal Adscrito a los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios Forestales que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros como anteproyecto de ley. Los profesionales lo reclaman desde hace años y su demanda se ha hecho cada vez más acuciante, a medida que cada verano los incendios son más virulentos, debido en buena medida al cambio climático.

Junto a este anteproyecto, cuyos detalles no ha precisado el Ministerio de Transición Ecológica, el Gobierno ha dado luz verde a otro más, relativo a los agentes forestales.

En ambos casos, se trata de estandarizar la situación laboral de "dos figuras clave en la protección del territorio". La vicepresidenta tercera, Teresa Ribera, ha esperado que el Consejo de Ministros pueda aprobar el proyecto de ley a tiempo y enviar al Parlamento antes del próximo periodo de sesiones, que empezará en febrero después de la pausa navideña. Se trata, ha dicho, de "saldar una deuda pendiente con dos colectivos muy importantes, el de los agentes forestales y medioambientales y el de bomberos forestales, que están siendo clave en la protección de ecosistemas, de la biodiversidad". Ribera los ha cifrado en "alrededor de 6.000 personas" que trabajan a distintos niveles administrativos, 400 de ellos para la Administración General del Estado.

Tiempo de trabajo

Entre los aspectos que regulará el estatuto básico de los bomberos forestales está el tiempo de prestación de servicios por parte de los bomberos forestales. De momento, el Gobierno no ha detallado el anteproyecto, pero de acuerdo con un borrador se diferenciarán tres tipos de tiempo de trabajo. El más 'duro', en el que el bombero está directamente luchando contra las llamas -"dedicado a labores de extinción mediante aplicación de técnicas de ataque directo o indirecto o de atención a otras contingencias", según el borrador- "no superará las ocho horas".

Por lo que respecta al "tiempo de permanencia en incendio o contingencia", es decir desde que se llega al Puesto de Mando incluidos descansos y tareas de vigilancia, el Ministerio de Transición Ecológica planteó una jornada máxima de 10 horas y entabló una negociación con CCOO, UGT y CSI-F para ampliarla hasta las 14 horas según pedía el Ministerio o hasta 12 horas pedían los sindicatos en la "gestión extraordinaria" pero siempre que el fuego hubiera bajado en intensidad y se encontrara en nivel 1 o superior, que es como los planes de contingencia identifican los incendios que pueden ser controlados.

El secretario confederal de CCOO de Salud Laboral y Sostenibilidad Medioambiental, Mariano Sanz, explica que a día de hoy no existe una duración pautada de las jornadas laborales de los bomberos forestales, que dependen de cómo estén organizados los retenes y de las circunstancias, con turnos de hasta 24 horas en el caso de bomberos que dedican una jornada laboral de ocho horas a tareas de limpieza y tienen que unirse a un dispositivo de extinción si se declara un incendio.

La tercera categoría del tiempo de trabajo de estos profesionales es el "tiempo máximo de trabajo", que transcurre desde que se inicia la jornada en el punto oficial hasta que finaliza en ese mismo punto o lugar de pernocta si fuera necesario, incluyendo los desplazamientos además de la gestión ordinaria de la extinción del incendio. De acuerdo al borrador, el Ministerio propuso llegar hasta las 18 horas en total y los sindicatos trataron de reducirlo a 14 horas.

Según un borrador del anteproyecto, los excesos de jornada deberán compensarse como estipule la negociación colectiva, entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deberán pasar 12 horas. 

Contratación de retenes

Tal y como explican en CCOO, el Estatuto Básico trata de "homogeneizar" en toda España y "profesionalizar" la actividad del bombero forestal, una actividad sobre la que existen casi tantas gestiones como comunidades autónomas. Dependiendo de cada una, los servicios de bomberos se gestionan desde el mismo gobierno regional, a través de empresas públicas o está totalmente externalizado. Este último caso es el de Castilla y León, donde el verano pasado los graves incendios dejaron a la vista las costuras de un sistema que mantenía contratados a la mayor parte de los bomberos solo durante los meses de verano.

La vicepresidenta tercera y ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, se alineó entonces con quienes exigían a las comunidades un mínimo de meses de contratación de bomberos forestales -no solo en verano, con fuegos ya declarados en algunos casos y sin trabajos previos de limpia y preparación de bosques-. Este martes, ha incidido desde Moncloa en que "existen diferentes modelos de gestión con desequilibrios muy importantes en inversión, estacionalidad de los servicios contratados, características profesionales de las personas que prestan estos servicios y esta organización dispar ha terminado siendo una de las  condiciones que explican la alta temporalidad en el colectivo, con sueldos y complementos muy variables".

Sin entrar en la cuestión de cuántos meses tienen que estar contratados, lo que plantea el anteproyecto es el mantenimiento de las plantillas de bomberos forestales en caso de subrogación de sus puestos de trabajo a otra empresa prestadora de estos servicios, de modo que se siga lo que estipula para estos casos el Estatuto de los Trabajadores y su actividad quede siempre bajo el epígrafe correspondiente a Protección Civil dentro de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas.

Sí se incluye una disposición que, sin fijar el camino a las comunidades sobre durante cuánto tiempo deben tener contratados contingentes de bomberos, amplía la duración de sus funciones más allá de los meses de verano y de la mera extinción de incendios. "Tendrá la consideración de Bombero Forestal (...) el personal con funciones operativas específicas de prevención, vigilancia, detección y extinción de incendios forestales, así como informar a la población sobre los mismos y apoyar a las contingencias en el medio natural y rural", dice el borrador.

Voluntarios

Con el propósito de profesionalizar y reconocer a los bomberos profesionales de características propias, el Estatuto Base hace hincapié en la formación obligatoria que los acredite como tales y que se acordará en la Conferencia Sectorial. 

En este sentido, establece una clara diferencia entre los bomberos forestales y los voluntarios, que van desde quien participa en tareas de extinción de forma espontánea a entidades más organizadas como las que operan en Cataluña. "El personal voluntario que participe en la prevención o extinción de incendios forestales, no tendrá la consideración de bombero forestal", dice el borrador sobre el que trabajaron Ministerio y Sindicatos.

"Excepcionalmente podrá recurrirse a personal voluntario para la ejecución de las referidas funciones", añade, a lo que los sindicatos reclamaron que quede "claro" que la función de los voluntarios es "complementaria" a la de los bomberos forestales, "nunca de actuación directa quedando siempre bajo la coordinación y dirección de los servicios profesionales".

Riesgos laborales

Durante la negociación, los sindicatos reclamaron al Ministerio que incorporara en el plazo de un año a los bomberos dentro del cuadro de enfermedades profesionales de la Seguridad Social. Según recuerda Sanz, muchos de los productos que se utilizan para la extinción de incendios son cancerígenos

De momento, Ribera ha indicado que el estatuto básico incluirá un capítulo de prevención de riesgos laborales, con un "mandato de aprobación específico de un reglamento" para este colectivo que tenga en cuenta "las características especiales de peligrosidad, esfuerzo físico, toxicidad, morbilidad, penosidad o equivalentes".

Redactora '20minutos'

Actualmente cubro la información relacionada con energía, transición ecológica y transportes. Antes, también en 20 Minutos, me encargué de la cobertura sobre la crisis sanitaria por Covid y, previamente, de la información relacionada con Presidencia del Gobierno. Antes trabajé en la revista Tiempo y, en Bruselas, en las agencias Europa Press y Notimex y fui colaboradora de el periódico Levante-EMV, entre otros medios. Soy licenciada en Ciencias de la Información y postgrado en Información Internacional y Países del Sur por la Universidad Complutense. En 2021 terminé un Máster sobre Museología y Gestión de Museos de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA).

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