Nacional

Al menos 39 condenados se han beneficiado de la ley del 'solo sí es sí', de los que 10 han sido excarcelados

Irene Montero recibe el aplauso de gran parte de la cámara tras recibir un ataque personal por parte de Vox
Fernando Sánchez / Europa Press

El número de condenados que se han visto beneficiados por el nuevo marco de penas que recoge la ley del 'solo sí es sí' asciende al menos a 39, entre revisiones de condena a la baja (35) y sentencias posteriores en la aplicación de la norma (4). Un total de 10 personas han sido excarceladas.

Las últimas rebajas que han trascendido han sido dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y por la Audiencia Provincial de Cantabria. En el primer caso, los jueces han reducido de 8 a 6 años la condena impuesta a un hombre por agredir sexualmente a una menor de edad a la que había conocido a través de Instagram.

Este caso se suma a otros dos dados a conocer la semana pasada en Galicia. Uno de la Audiencia de Ourense, donde han revisado una condena impuesta a un hombre por un intento de agresión sexual con acceso carnal, al que han rebajado la pena de 3 años y 6 meses de prisión a 2 años y 6 meses y han acordado su puesta en libertad. La segunda es del TSJ de la comunidad, que ha reducido en dos años la pena de prisión impuesta a un hombre que violó en Cambre a una mujer a la que conoció por la red social Tinder.

En el caso cántabro, se ha dado a conocer este lunes la rebaja en 7 años de las penas de prisión impuestas en 2020 a dos condenados por agredir sexualmente a una joven en un hostal de Santander. Así, han pasado de una condena de 18 años de cárcel a 11.

Estos dos casos se suman a un tercero del que ya había informado la Audiencia de Cantabria, en el que se rebajó de 5 a 2 años de prisión la pena a un hombre que agredió sexualmente a una mujer.

El delito de abuso, absorbido por el de agresión

La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una más leve, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos castigados ahora como agresión sexual.

Entre las revisiones de sentencia y rebajas de pena, las fuentes consultadas han confirmado veinte en Madrid; tres en Cantabria y en Galicia; dos en Baleares y Castilla y León y uno en Andalucía, Asturias, Castilla-La Mancha, Murcia y Canarias. De estos 35 casos, diez han conllevado la excarcelación de condenados: seis de Madrid, dos de Baleares, uno de Galicia y otro de Cantabria.

Sobre las nuevas sentencias dictadas tras la reforma, fuentes consultadas explican que el TSJ de Galicia ha aplicado en un caso las nuevas penas, que en la Audiencia Provincial de León han afectado a dos y que en la Audiencia Provincial de Barcelona se ha utilizado en uno.

En sus resoluciones, los magistrados han indicado que estos casos responden a la aplicación de la nueva ley. Y han precisado que, aunque la normativa no aclara si debe ser o no aplicada a procedimientos en trámite o con sentencia firme, el propio Código Penal indica que "tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo".

Más de 200 revisiones pendientes

Las fuentes consultadas han precisado que el número de casos en los que se aplican las rebajas podrían verse incrementados en los próximos días ante las revisiones pendientes.

La semana pasada, las Audiencias Provinciales de la Comunidad Valenciana indicaron que están revisando, de oficio o a instancia de parte, más de 100 sentencias por delitos contra la libertad sexual tras la entrada en vigor de la ley, según los datos facilitados por el Tribunal Superior de Justicia autonómico.

Por su parte, las tres Audiencias Provinciales de Euskadi ya han recibido al menos 10 peticiones de revisiones de condenas por delitos sexuales, si bien ha apuntado que no hay ningún fallo.

En Madrid, cuentan con 447 causas por abusos y/o agresiones sexuales condenatorias firmes, con un reo ingresado en prisión, susceptibles de revisión tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022. De estas causas, y de oficio, los magistrados de la Audiencia Provincial comenzaron ya la semana pasada la revisión de 121. A instancia de parte, se tramita la de 55.

Canarias, Murcia y Baleares

Hasta ahora, los tribunales de Madrid han rebajado 20 condenas de abusos y/o agresiones sexuales por la aplicación de la ley del 'solo sí es sí'. Además, se han dictado siete excarcelaciones, aunque una no se ha materializado porque el condenado tiene otras condenas pendientes. En las resoluciones se reducen penas de prisión hasta en 5 años.

Entre los casos de reducción de condena, consta también que la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado de 10 a 9 años la impuesta al autor de un delito de abuso sexual sin prevalimiento.

El TSJ de Murcia ha ratificado una condena a un acusado por una tentativa de agresión sexual a una mujer de 2020. El tribunal, sin embargo, ha modificado la pena impuesta porque resulta "más favorable" para el reo aplicar la ley del 'solo sí es sí'. Así, la ha rebajado de 4 años y 6 meses a 3 años y 1 día de prisión.

Al margen, la Audiencia de Baleares ha ordenado la excarcelación inmediata de dos presos que cumplían una pena de tres años de prisión por dos agresiones sexuales sin penetración tras revisar los dos casos.

Andalucía, Asturias, Castilla y León y Castilla-La Mancha

Las fuentes jurídicas consultadas han apuntado que en Castilla y León, en la Audiencia de Segovia, se han revisado cuatro sentencias ejecutorias sobre delitos sexuales y se ha modificado una de ellas. En este caso, se ha rebajado la pena de 12 a 9 años de prisión.

Por su parte, la Audiencia de Valladolid ha reducido la condena de 12 a 10 años de prisión al responsable de una agresión sexual a una menor de 16 años.

Además, consta que el TSJ de Andalucía ha desestimado un recurso de apelación y, aunque ha confirmado la sentencia -"por aplicación retroactiva de la norma vigente"-, ha rebajado la pena de prisión. Así, ha pasado de 13 años, 6 meses y 1 día a 11 años y 1 día.

A la lista se suma el caso del TSJ de Castilla-La Mancha, que ha rebajado la condena de un hombre que agredió sexualmente a una mujer en Ciudad Real. Así, ha pasado de tener que cumplir 9 años prisión a 8. La Fiscalía ya ha avisado de que recurrirá esta decisión.

Asimismo, el TSJ de Asturias ha rebajado de 10 a 9 años de prisión la pena a un hombre acusado de abusos sexuales a menor de 16 años.

A la espera del Supremo

Las revisiones efectuadas por los jueces son susceptibles de recurso y podrían llegar hasta el Tribunal Supremo (TS), la sede judicial llamada a fijar jurisprudencia.

Fuentes jurídicas han precisado que el Supremo tendría que estudiar la aplicación de la ley caso por caso, porque la posibilidad de llegar a acuerdos no jurisdiccionales desapareció de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), de modo que no podría celebrar un cónclave.

Las revisiones que se hagan de condenas firmes previas a 2015, según explican las fuentes, podrán recurrirse directamente al Supremo, pero las que se refieran a casos posteriores solo podrán llegar al alto tribunal cuando se haya agotado la vía de apelación en instancias inferiores.

Antes de conocerse la posición del Supremo, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, dictó un decreto para que los representantes del Ministerio Público den "una respuesta uniforme" a las revisiones de condenas firmes suscitadas por la entrada en vigor de esta ley.

loading...