El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado un segundo recurso de amparo planteado por Carles Puigdemont y Toni Comín contra los acuerdos de la Junta Electoral Central porque, considera el tribunal, ambos están ejerciendo libremente sus funciones como diputados del Parlamento Europeo.
Como en la anterior sentencia, el Tribunal Constitucional ha tenido en cuenta la aceptación por el Parlamento Europeo de la elección de Puigdemont y Comín como diputados en su sesión plenaria de 13 de enero de 2020, con efectos retroactivos al inicio de la legislatura. Desde entonces, dicta el auto, ambos desarrollan el ejercicio pleno "de los derechos correspondientes al estatuto de diputado europeo".
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