El combate entre Puigdemont y el Supremo, muy lejos del último asalto

El juez Pablo Llarena cambia el delito de sedición por el de desobediencia pero mantiene intacto el de malversación.
El juez Pablo Llarena cambia el delito de sedición por el de desobediencia pero mantiene intacto el de malversación.
El juez Pablo Llarena cambia el delito de sedición por el de desobediencia pero mantiene intacto el de malversación.
El juez Pablo Llarena cambia el delito de sedición por el de desobediencia pero mantiene intacto el de malversación.
ATLAS

Carles Puigdemont y su defensa se han mostrado optimistas tras conocer el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que rechaza los motivos que llevaron a los tribunales belgas a denegar la Orden de Detención Europea remitida por el juez instructor Pablo Llarena para extraditar a los independentistas fugados. "Hoy es un buen día", ha tuiteado el abogado del expresident. "Desde que llegué aquí mi lucha ha sido volver a Cataluña, y volver libre. No entregarme ni rendirme. Y hoy estoy un paso más cerca", ha declarado el propio Puigdemont. La sentencia del TJUE supone un paso adelante en la pugna que libran Llarena y los fugados, pero la vuelta a España de Puigdemont, con o sin esposas, queda muy lejos todavía, si es que llega a producirse. 

La sentencia del TJUE

La decisión que ha tomado este martes el tribunal europeo de Justicia es, en esencia, una respuesta al juez instructor del caso del procés, Pablo Llarena, que remitió en 2021 a Europa varias cuestiones prejudiciales para determinar el alcance de las euroórdenes. El juez ha dado la razón a Llarena al dictaminar que Bélgica no puede negarse a ejecutar las órdenes de detención alegando -como hizo en 2021- que las competencias son del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y no del Tribunal Supremo.

En la sentencia, el tribunal especifica en qué casos un Estado miembro puede rechazar una ODE, decisión "de carácter excepcional", asegura la Justicia europea. Existen, por tanto, varias excepciones por las cuales Bélgica podría negarse a ejecutar una herramienta que descansa en "un grado de confianza elevado" entre los Estados miembros.

En primer lugar, la Justicia belga puede denegar la ODE cuando la entrega suponga "la violación de un derecho fundamental recogido en el Derecho de la UE". También podrá rechazar la euroorden en base a la falta de competencia del tribunal que la emite, pero solo si concluye que el sistema judicial español presenta "deficiencias sistémicas" o bien "deficiencias que afecten a la tutela judicial de un grupo objetivamente identificable de personas entre las que se encuentre el interesado".

Este último punto puede ser utilizado por la defensa, que además de alegar que la Justicia española es "deficiente" en un sentido amplio, podría recurrir una eventual decisión basándose en lo que considera un problema específico de la Justicia con el independentismo.

También se admite la denegación de la ODE cuando la incompetencia del tribunal emisor es "manifiesta". No obstante, para determinar si esa falta de competencia "es manifiesta", Bélgica deberá solicitar a España "información complementaria".

Los próximos pasos

El efecto más inmediato del fallo conocido este martes es la posibilidad de remitir nuevas euroórdenes para la extradición de los fugados. Las consecuencias de estas euroórdenes difieren en el caso del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el exconsejero Lluís Puig. Carles Puigdemont no puede ser extraditado mientras mantenga su escaño en el Parlamento Europeo, pues su condición de eurodiputado le otorga inmunidad. 

El propio Comité de Asuntos Jurídicos del Europarlamento está estudiando retirar el escaño al catalán ante la posibilidad de que lo esté ocupando de forma ilegal por no haber jurado la Constitución española al tomar posesión. Lluís Puig, por otro lado, no goza de inmunidad parlamentaria, por lo que si los jueces belgas deciden aceptar su extradición, el exconsejero podría verse forzado a volver a España.

En cualquier caso, el juez instructor Pablo Llarena está habilitado para remitir nuevas euroórdenes a Bélgica. Antes de que esto ocurra, debe culminar un proceso de reconfiguración de la petición de condena que comenzó el pasado 12 de enero tras entrar en vigor la derogación de la sedición y la reforma de la malversación. Llarena publicó un auto el mismo día 12 abogando por mantener las penas elevadas por el delito de malversación y por aplicar el delito de desobediencia en sustitución de la sedición. El mencionado auto fue recurrido por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, ambos órganos partidarios de sumar a estos dos delitos el de desórdenes públicos agravados.

Una vez se resuelva esta cuestión y se emitan las nuevas euroórdenes, la Justicia belga deberá considerar si las ejecuta o no, teniendo en cuenta el dictamen del TJUE. En cualquier caso, lo más probable es que la defensa de los fugados agote, a base de recursos, los caminos legales para que los huidos salgan airosos ante cualquier escenario. Según se ha conocido el fallo del tribunal, Carles Puigdemont dejaba entrever una posible estrategia al declarar ante los medios que el TJUE "pone condiciones a nuevas euroórdenes que en la práctica las hace inviables"

Pedro Buenaventura
Redactor '20minutos'

Redactor de Tribunales y actualidad política. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, en 20minutos desde 2022.

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