Barcelona

El Supremo obliga a Educació a hacer contratos indefinidos a los profesores de religión que ocupan plazas permanentes

Inauguración de una escuela en Cataluña.
EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo ha dictaminado que el Departament d'Educació catalán ha de contratar de forma indefinida a los profesores de religión católica de los centros públicos que no cubren una baja temporal de un titular, sino que ocupan una plaza permanente. 

El Supremo cambia de esta forma su doctrina después de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de hace un año, ya que hace unos años había dictaminado lo contrario en otro caso similar en Cataluña. La sentencia llega a raíz del caso de una profesora de un centro de Terrassa, que desde 2015 trabajaba con contratos temporales aunque desde 2017 la profesora titular se había jubilado.

La profesora comenzó a trabajar en una escuela de Terrassa en noviembre de 2015, con un contrato de relevo a tiempo parcial vigente hasta noviembre de 2018. En noviembre de 2017 firmó un contrato con vigencia también hasta noviembre de 2018 a jornada completa. En noviembre de 2018 se le alargó el contrato de interinidad hasta final de curso, en junio de 2019. Aquel mes presentó un escrito pidiendo que se le pagasen los meses de julio y agosto, ya que estaba cubriendo la vacante de una profesora que se había jubilado en 2017. Pero el 30 de junio se le acabó el contrato, lo que la profesora denunció, y volvió a ser contratada el 1 de septiembre de 2019 con otro contrato de interinidad.

En febrero de 2020, un juzgado social de Barcelona dio la razón a la maestra y declaró el despido de junio de 2019 improcedente, sentencia que confirmó el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en marzo de 2021 y ahora ha declarado firme el Tribunal Supremo.

De este modo, la sentencia declara improcedente el despido de junio de 2019 y obliga a la Generalitat a readmitir a la profesora o a indemnizarla.

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