Llega el cheque de 200 euros: cuándo se podrá empezar a cobrar la ayuda

Web de la Agencia Tributaria para solicitar el cheque de 200 euros.
Web de la Agencia Tributaria para solicitar el cheque de 200 euros.
AGENCIA TRIBUTARIA
Web de la Agencia Tributaria para solicitar el cheque de 200 euros.

En apenas unos días, el cheque de 200 euros estará un poco más cerca de sus beneficiarios. Desde el próximo miércoles 15 de febrero, y hasta el 31 de marzo, la Seguridad Social abrirá el plazo para que se pueda pedir este abono extraordinario que se dirige a los asalariados, autónomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo que no reciban otras prestaciones sociales, como el Ingreso Mínimo Vital o la pensión. Así lo determinó el Gobierno de España el pasado 27 de diciembre. De ahí que los futuros solicitantes se pregunten ahora cuándo se podrá empezar a cobrar la ayuda, si es que cumplen con los requisitos y la Agencia Tributaria se la concede.

Esta prestación tiene como fin proteger a los sectores más vulnerables de la población, ante el elevado precio de los bienes y servicios como consecuencia de la guerra en Ucrania y la elevada inflación. Pero hay que tener en cuenta que este abono extraordinario se concederá por unidad familiar y no a título individual.

El cheque de pago único fue una de las medidas estrellas que aprobó el Ejecutivo de Pedro Sánchez a finales de 2022. El objetivo es que respalde las rentas de 4,2 millones de hogares y ayude a reducir las situaciones de vulnerabilidad económica que no cubren otras prestaciones sociales.

Cuándo se cobrará el cheque

La Agencia Tributaria abonará el cheque de 200 euros mediante transferencia bancaria, por lo que hay que indicar una cuenta bancaria titularidad del solicitante para que se pueda realizar el pago. El plazo para cobrarlo es de tres meses, que empieza a contar desde el 31 de marzo de 2023, cuando concluya el periodo para presentar el formulario. Por ello, se ha fijado como fecha máxima para que se ingrese la ayuda el 30 de junio de este año. Así, algunos no tendrán el dinero hasta verano, aunque habrá casos en los que el dinero se recibirá en tan solo unas semanas.

Otra cuestión que se debe tomar en consideración es que, cuando la Agencia Estatal de la Administración Tributaria decida que el solicitante no cumple los requisitos para percibir el abono, se le notificará a este una propuesta de resolución denegatoria. En este documento se detallarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica.

Transcurridos tres meses desde que llegó a su fin el plazo de presentación del formulario, si no se ha cobrado el cheque, ni se ha notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud se entiende desestimada.

Cómo pedir la ayuda

Pese a que aún quedan unos días hasta que se pueda solicitar el cheque de 200 euros, la Agencia Tributaria ya ha habilitado en su Sede Electrónica la página web en la que deberá solicitarse. Además, ha añadido un apartado en el que da respuesta a muchas de las cuestiones que han ido surgiendo desde que se diera a conocer esta ayuda.

Lo primero que deben hacer los solicitantes es rellenar un formulario electrónico para el que necesitan la cl@ve o certificado electrónico, y tienen que indicar el número de la cuenta bancaria en la que desean recibir la transferencia. Además, la solicitud puede completarla un tercero por apoderamiento o colaboración social, como se indica en el Real Decreto Ley 11/2022 publicado en el BOE.

El siguiente paso es que la Agencia Tributaria cruce sus datos con los de otras administraciones y decida si el solicitante tiene derecho al cheque. Si la respuesta es negativa, se le notificará y dispondrá de diez días para alegar. En caso de que no presente alegaciones, documentos o justificantes en el plazo de un mes, su petición se considerará denegada.

Qué requisitos son necesarios para recibirlo

La Hacienda Pública ha establecido como uno de los principales requisitos para recibir el cheque de 200 euros que el solicitante tenga la residencia habitual en España. A esto se une haber percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales y tener un patrimonio menor de 75.000 euros. En este caso, la vivienda habitual está excluida del cómputo del patrimonio.  

Asimismo, el cálculo de los ingresos y del patrimonio se hará sumando los de los familiares que convivan en el mismo domicilio, es decir, el solicitante, su cónyuge o pareja de hecho, descendientes y ascendientes hasta segundo grado. Sin embargo, no se sumará el ingreso y patrimonio de las personas que compartan piso sin tener una relación familiar.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento