Cuáles son las deducciones autonómicas en la Renta 2022-2023 si vivo en Castilla y León: León, Ávila, Soria, Burgos, Palencia, Valladolid y Salamanca

Declaración de la renta de 2022
Declaración de la renta de 2023
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Declaración de la renta de 2022

Con la llegada del mes de abril da comienzo la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal de 2022. En esta ocasión, la fecha marcada en el calendario de los castellanoleoneses es el martes 11 de abril. Desde ese día hasta el 30 de junio de 2023 podrán elaborar su borrador y presentarlo a la Agencia Tributaria de forma online a través del portal Renta WEB.

El contribuyente que prefiera tramitar su borrador de forma telefónica podrá hacerlo con cita previa a partir del 5 de mayo. Por su parte, quien elija la modalidad presencial podrá acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria a partir del 1 de junio, siempre con el 30 de junio como fecha límite.

En Castilla y León existen una serie de deducciones autonómicas que están contempladas en la legislación de la Comunidad Autónoma. Estas se aplican sobre la cuota íntegra autonómica de los residentes habituales de la región a la hora de elaborar el borrador de la declaración de la Renta.

Por familia numerosa

  • Familias con tres hijos: 600 euros por familia.
  • Cuatro hijos: 1.500 euros.
  • Cinco hijos: 2.500 euros.
  • A partir del sexto y sucesivos: la deducción anterior se incrementa en 1.000 euros adicionales.
  • Cónyuge o hijo con una discapacidad igual o superior al 65%: incremento de 600 euros.

Por nacimiento o adopción de hijos

  • Por el primero: 1.010 euros.
  • Por el segundo: 1.475 euros.
  • Por el tercero y sucesivos: 2.351 euros.

Existe una distinción por el hecho de residir en zonas rurales, aplicable por los contribuyentes residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes:

  • Por el primero: 1.420 euros.
  • Por el segundo: 2.070 euros.
  • Por el tercero y sucesivos: 3.300 euros.

Por nacimiento o adopción de hijos con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, las cantidades de los dos apartados anteriores se duplicarán.

La deducción por partos o adopciones múltiples es compatible con las tres anteriores: 

  • Múltiple de dos hijos: un 50% de la cantidad que corresponda por aplicación de alguno de los apartados anteriores.
  • Múltiple de tres o más hijos: un 100% de la cantidad que corresponda por aplicación de alguno de los tres apartados anteriores.
  • Durante los dos años siguientes al nacimiento o adopción: deducción de 901 euros.

La deducción por gastos de adopción será de 784 euros cuando no se superen determinadas rentas. Para adopciones internacionales: 3.625 euros cuando no se superen determinadas rentas. Compatible con las cuatro deducciones anteriores.

Por cuidado de hijos menores de 4 años

Se deducirá el 30% de lo pagado a la persona empleada del hogar, con el límite de 322 euros, o 100% de determinados gastos en escuelas infantiles, centros y guarderías infantiles de la Comunidad de Castilla y León, con el límite de 1.320 euros reducido en la cantidad deducida estatalmente.

Por cuotas a la SS de empleados del hogar

Está comprendido deducirse el 15% de las cantidades satisfechas por cuotas a la Seguridad Social de un trabajador incluido en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con un límite máximo de 300 euros, siempre que no se superan determinadas rentas.

Por discapacidad

  • Mayores de 65 o más años: 656 euros con grado de discapacidad igual o superior al 65%. En el caso de afectados con un grado de discapacidad igual o superior al 33% será de 300 euros.
  • Menores de 65 años: 300 euros por un grado de discapacidad igual o superior al 65%
  • En cualquiera de los casos, no deben superar determinadas rentas y no deben ser usuarios de residencias públicas o concertadas de la Comunidad.

Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual

Las deducciones correspondientes por la adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual es un 7,5% de las cantidades satisfechas, aplicable durante 5 años, visado obtenido entre 01/09/2011 y 31/12/2012 y una base máxima de deducción de 9.040 euros anuales.

Por la adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes (menores de 36 años) en núcleos rurales corresponde deducirse un 15% de lo satisfecho por la adquisición o rehabilitación.

Por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación de discapacitados en vivienda habitual la deducción es de un 15% de la inversión.

Por vivienda de alquiler

Por alquiler de vivienda habitual se deducirá un 20% del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 459 euros.

Por alquiler de vivienda habitual en núcleo rural la deducción es del 25% del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 612 euros.

Por rehabilitación de vivienda en núcleo rural destinada al alquiler corresponde deducirse un 15% de las cantidades invertidas con importe máximo de 20.000 euros.

Por donaciones e inversión en patrimonio histórico

Por cantidades donadas a fundaciones de Castilla y León y para recuperación del patrimonio cultural y natural; se asigna una deducción del 15% del importe de la donación. 

Por cantidades donadas a universidades públicas de Castilla y León, fundaciones y otras instituciones para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación se puede deducir un 15% de la donación.

Por cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural de Castilla y León la deducción se establece en el 15% del importe invertido.

Por el fomento del emprendimiento

La inversión en estas actividades supone unas deducciones del 20% de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación del capital de sociedades anónimas, limitadas o laborales, por importe mínimo del 0,5% y máximo del 45% del capital de la sociedad, con un importe máximo de la deducción de 10.000 euros.

Por el fomento de la movilidad sostenible

La adquisición de vehículos de energías alternativas más eficientes y sostenibles permiten una deducción del 15% de las cantidades destinadas a la compra de estos automóviles, con un límite de 4.000 euros concurriendo determinados requisitos como que el valor de adquisición del vehículo, impuestos incluidos y sin poder superar los 40.000 euros.

20minutos

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