¿Se puede alquilar un balcón o ventana de casa durante la Semana Santa?

Un vecino saluda desde el balcón de su casa, en Triana, decorado con imágenes del Cristo y de la Virgen de la Esperanza de Triana.
Un vecino saluda desde el balcón de su casa, en Triana, decorado con imágenes.
JOSÉ MANUEL VIDAL/EFE
Un vecino saluda desde el balcón de su casa, en Triana, decorado con imágenes del Cristo y de la Virgen de la Esperanza de Triana.

La búsqueda de balcones, terrazas y ventanas es una tradición más de la Semana Santa. Y es que en estas fechas en Sevilla, Málaga y otras ciudades con un fuerte arraigo de la tradición de Semana Santa la demanda de posiciones privilegiadas para ver pasos y procesiones crece exponencialmente. De hecho, es habitual que en las zonas de los recorridos o en las carreras oficiales los propietarios pongan en alquiler sus balcones y terrazas para obtener ganancias durante la Semana Santa.

Esta práctica, sin embargo, despierta todos los años una serie de dudas. ¿Es legal hacerlo? ¿Qué garantías ofrece? 

Alquilar el balcón esta permitido por la ley

El alquiler del balcón, como cualquier espacio físico de titularidad privada, esta contemplado por la legislación española, por lo que es legal. En este caso no está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos, como puede ser el caso de un inmueble o un local, sino por el Código Civil en su Título VI. 

El balcón constituye un espacio físico (como puede ser una plaza de garaje, que puede alquilarse sin que estar ligada a un inmueble), por lo que está regulado de diferente forma.

Al estar regulado por la Ley, se debe formalizar un contrato, con todas las exigencias legales que ello conlleva. 

Se debe declarar a Hacienda lo ingresado por alquilar el balcón

En este sentido, es importante saber que el alquiler del balcón, según lo establecido por la ley, está sujeto desde el punto de vista fiscal a un IVA del 21%

Además es obligatorio declarar a Hacienda los ingresos por alquilar el balcón, pudiendo sancionarse en caso de no declararse con multas graduales de entre el 50% y el 150% del importe de la base de la sanción, según advierte el Consejo Andaluz de Colegios de Administradores de Fincas (CAFINCAS). El alquiler de un balcón se debe alquilar como rendimiento de capital inmobiliario ante la Agencia Tributaria. 

¿Cuánto cuesta alquilar un balcón en Semana Santa?

En Andalucía, donde ver las procesiones desde las ventanas y los balcones es una tradición muy arraigada, se estima un precio medio de entre 3.000 y 5.000 euros de media por semana. En Sevilla los precios se disparan, especialmente en el recorrido de la carrera oficial. Se estima que un balcón en la calle Sierpes, en pleno recorrido oficial, el precio puede oscilar entre los 7.000 y los 12.000 euros.

En otras ciudades como Málaga o Granada, los precios son mucho menores, pudiendo alcanzar los 700 euros diarios en la capital malagueña y los 500 euros semanales en la ciudad de La Alhambra. 

Fuera de Andalucía destaca Madrid, donde un balcón en los recorridos de las principales procesiones (por ejemplo, en la Plaza Mayor) puede rondar los 200 euros. 

20minutos

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